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El Supremo absuelve a Hormaechea para defender la libertad de expresión política

El Supremo ha hecho un regalo en su onomástica al presidente en funciones de Cantabria, Juan Hormaechea, contra el que existen diversas causas judiciales por insultos. Con fecha 24 de junio último, día de San Juan, ha anulado la condena de 100.000 pesetas de multa que le impuso el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria por injurias leves a Manuel Rotella Gómez (ex candidato independiente en las listas del PSOE) durante la campaña electoral para el Senado de junio de 1993. La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, en atención al marco político en el que se produjeron las expresiones objeto de la condena, aplica la fuerza expansiva de la libertad de expresión ( ... ) en una sociedad democrática", y absuelve a Hormaechea.Entre las expresiones consideradas injuriosas por el tribunal cántabro figuran las imputaciones de que Rotella -persona privada apartada de la política desde 1991- es vago, accedió a la alcaldía de Torrelavega para darse licencias de obras y favoreció al PSOE mediante la compra venta de determinados periódicos. La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado José Antonio Martín Pállín, manifiesta que "sería de seable que la dialéctica política, aun,én época de contienda electoral, discurriese por cauces so segados", pero añade que "no es tarea del derecho penal corregir los excesos o sancionar el exabrupto y las descalificaciones personales entre personas directa o indirectamente implicadas en la carrera electoral".

La sentencia del Supremo, notificada ayer, señala que 1as expresiones vertidas lo han sido en el marco de una campaña electoral, con todo lo que ello supone de confrontación política e incluso de improvisación y repentización en los discursos y manifestaciones públicas". El Supremo invoca la doctrina de los tribunales Constitucional y Europeo de Derechos Humanos y, en consonancia con tal jurisprudencia, considera prevalente en este caso el derecho a expresarse libremente, ya que, según razona, "se impone elevar las cotas máximas de protección a la libertad de expresión cuando ésta se manifiesta en el curso de una contienda política electoral".

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