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La Audiencia no admite la querella del abogado del Estado contra Amedo

El juez central de instrucción número 2 de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno Chamarro, decidió ayer, no admitir a trámite la querella que el abogado del Estado presentó en nombre del Gobierno contra el ex policía José Amedo, por un presunto delito de calumnias contra el Ejecutivo en el caso GAL. El magistrado ha dado la razón a la fiscal María Dolores Márquez de Prado, quien argumentó en contra de la querella que algunas de las personas contra las que se dirigían las acusaciones de Amedo han sido procesadas por su vinculación con los GAL y el secuestro de Segundo Marey.

Por este motivo, razona el magistrado, hasta que no concluya la investigación difícilmente se va a poder determinar si las afirmaciones de Amedo eran falsas, algo imprescindible para apreciar el delito de calumnias.En su resolución, el juez Moreno deja abierta la vía para que el abogado. del Estado presente una nueva querella por desacato a la autoridad. El abogado del Estado anunció ayer mismo que interpondrá recurso de queja contra la decisión del magistrado, ante la Sección Segunda de Lo Penal de la citada Audiencia Nacional, e insistirá en la admisión de la querella por calumnias contra el Gobierno.

El juez ha tenido en cuenta, a la hora de revocar su anterior decisión de admitir a trámite la querella, que desde que el Gobierno presentó la acción judicial han transcurrido varios meses y que en ese periodo se han producido algunos hechos nuevos,. entre los que cabe destacar el auto de procesamiento dictado por el juez Baltasar Garzón contra varios ex altos responsables de Interior, que habían sido acusados por Amedo en sus declaraciones periodísticas.

El juez dice en la resolución: "Este instructor no puede obviar el conocimiento, por ser públicos y notorios, de una serie de acontecimientos acaecidos desde el momento en que se admitió a trámite la querella hasta el día. de la fecha, como son la adopción de medidas no sólo personales, sino imputaciones formales a través del correspondiente auto de procesamiento en el marco de las actuaciones seguidas en el sumario 17 / 89 por el juzgado central número 5 contra determinadas personas dependientes, relacionadas, próximas o afines a responsabilidades de Gobierno".

Moreno señala también que Amoda efectivamente realizó una imputación de hechos delictivos perseguibles de oficio contra ex altos cargos de Interior, "precisarnente y en esencia por, los hechos delictivos que conforme al escrito de querella se atribuyen al Gobierno". Pero el juez, siguiendo el criterio expuesto por la fiscal Márquez de Prado, señala que "hay que distinguir entre Gobierno como sujeto pasivo de un delito contra el honor y la dignidad de alto organismo de la nación y las personas que conforman la Administración central del Estado".

El juez agrega que "el tratamiento periodístico otorgado a las imputaciones contra personas que de alguna forma integran el aparato de Gobierno del Estado, y que de manera muy próxima participan en las tareas de éste (...), no puede suponer la atribución por el querellado de tales hechos delictivos al Gobierno de la nación como alto organismo de la nación por lo que no concurriría el requisito exigido para la existencia del delito de calumnias".

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