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Tribuna:DEBATES
Tribuna
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La ciudad como oportunidad política

EL PODER MUNICIPAL. La proximidad de las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo actualiza la polémica sobre el poder de los ayuntamientos en España. En ese debate se resumen varios de los principales problemas surgidos en 16 años de ejercicio democrático de Administración municipal. El reparto del poder local entre las grandes ciudades y los pequeños pueblos, el sistema de elección de las autoridades en España y en Europa, la proximidad o la lejanía entre el Ayuntamiento y el ciudadano, así como diversas propuestas de reforma del sistema actual de participación y representación política, son algunas de las cuestiones analizadas por tres especialistas en estas páginas.

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Cuando terminen su mandato los electos del próximo 28 de mayo se cumplirán 20 años de las primeras elecciones municipales. Este año se cumplen, precisamente, dos décadas de la transición democrática y del inicio del proceso político configurado por partidos políticos y elecciones basadas en el sistema proporcional. Es el momento, nos parece, de plantearse propuestas de renovación de los mecanismos de representación y participación políticas, especialmente los electorales. ¿Por qué? Pues sencillamente porque no hay sistema perfecto, cada uno tiene sus efectos perversos y el mejor sistema re presentativo y electoral es el que cambia cada 15 o 20 años como máximo.Como no parece viable ni es necesariamente lo mejor cambiarlo todo de golpe, avanzamos algunas propuestas referidas únicamente al gobierno de la ciudad. Y como no parece razonable reducir estas propuestas al sistema electoral, puesto que el sistema de poder local y de participación ciudadana integra otros aspectos además del electoral, ampliamos las propuestas a otras dimensiones de las relaciones de los ciudadanos con las instituciones políticas y entre éstas:

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1. Nuestra época, mediática por excelencia, personaliza la representación política. Los alcaldes deberían ser de elección directa (o el cabeza de lista más votado por lo menos). En las grandes ciudades, la descentralización en distritos puede perfeccionarse con la elección directa del presidente (que formaría, además, parte del cuerpo de concejales). Podrían experimentarse fórmulas de listas abiertas o de elección de una parte de los concejales por barrios, mediante un sistema mixto en el que las listas de ciudad a las que se aplicaría la proporcionalidad compensarían la distorsión representativa del sistema mayoritario. En general, la legislación electoral debiera limitarse a algunos principios básicos (sufragio universal, periodicidad, etcétera) y reconocer a cada municipio el derecho a innovar y a experimentar fórmulas diversas, según sus características y la voluntad política de sus ciudadanos (el sistema electoral propio de cada, municipio se sometería a consulta popular).

2. Los partidos políticos que concurren a las elecciones nacionales no deben presentarse a las elecciones locales. Es aberrante que se formule, como hacen los dirigentes, del PP, la necesidad de "nacionalizar" las elecciones municipales. La política ciudadana es otra cosa y las bazas que están en juego tienen poco que ver con las propuestas políticas nacionales e incluso con la cultura tradicional de los partidos. En otros países (por ejemplo, EE UU -en California y otros Estados de la Unión- o Canadá), los partidos políticos, por ley o por uso, se limitan a manifestar su apoyo a unas listas o a determinados candidatos. A las elecciones municipales solamente debieran presentarse agrupaciones de electores y candidatos individuales, que podrán recibir el apoyo de uno o más partidos así como de entidades o colectivos de todo tipo.

3. El voto: obligatorio, pragmático y universal. Los ciudadanos tienen derechos y también deberes políticos. Pueden votar en blanco o nulo, pero no negarse a votar y reclamar luego sus legítimos derechos ante el Gobierno municipal. Los candidatos tienen que comprometerse con un programa cuyo incumplimiento -denunciado por un número mínimo de electores- podría acarrear la inhabilitación para presentarse a las siguientes elecciones (si lo decidiera un tribunal ad hoc formado por representantes de la judicatura, del Consejo Municipal y de la sociedad civil). Todos los ciudadanos que pudieran justificar un año de residencia en el municipio, fuera cual fuera su nacionalidad, serán electores, y dos años de residencia darían derecho a ser elegidos.

4. La relación Administración pública y la ciudadanía. El discurso participativo compartido por todos y en periodos el torales todas las candidaturas lo vende barato. Sin embargo, creemos que para la mayoría de ciudadanos es prioritario facilitarles sus relaciones cotidianas c las administraciones públicas. Proponemos que los ayuntamientos (en las grandes ciudades: los distritos y oficinas de barrio) hagan de ventanilla única de conjunto de la Administración. Asimismo, las empresas prestadoras de servicios públicos (agua, gas, teléfono, electridad, etcétera) debieran ofrecer conjuntamente una sola ventanilla y/o teléfono. En ningún caso una Administración podría solicitar al ciudadano documento datos que consten en otro departamento o incluso en otra Administración pública. Se podrá admitir en muchos puestos la declaración oral con valor de documento público. La Administración municipal debe asimismo convertirse en abogado de oficio de los ciudadanos ante las otras administraciones públicas y las empresas prestadoras de servicios. Para defender al ciudadano se crearán o aprobarán tribunales de arbitraje y conciliación, consejos tributarios, oficinas de información y defensa del usuario, cartas de derecho a la intimidad, medioambitales, al empleo en servicios de proximidad y de mantenimiento urbano, a la vivienda para jóvenes, etcétera. Todo ello sin perjuicio de que se cree una justicia municipal (sobre base de jueces de paz por barrios que incluso podrán ser elección directa) que resuelve los conflictos vecinales, sancione la pequeña delincuencia urbana y las agresiones medioambientales y a los espacios y equipamientos públicos que protejan subsidiariamente los derechos de la ciudadanía que pueda actuar en otros casos, de acuerdo con las partes mediante procedimientos arbitrales y conciliatorios.

5. Por una democracia temática a nivel local. Aunque ha difundido la práctica de relación telefónica con la Administración, ésta debiera ser la regla y no la excepción. absurdo que lo que puede cer un comercio de barrio lo pueda hacer un ayuntamiento. Pero no es suficiente. Los ciudadanos tienen derecho a una comunicación interactiva con su Administraci teóricamente más próxima. Hoy es un deber de los gobiernos locales garantizar el cableado de la ciudad y fácilitar la interactividad del mismo.

Igualmente, parece imprescindible democratizar el panorama audiovisual autorizando y estimulando a los ayuntamientos a que potencien las televisiones y radios de ámbito local gestionadas por colectivos

sociales y profesionales. Todo ello sin perjuicio de que paralelamente se apoye

materialmente la vida asociativa, se realicen consultas y referendos por iniciativa popular y se desarrollen múltiples fórmas de cooperación público-privada en gestión de equipamientos y servicios proximidad.

Jordi Borja es urbanista.

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