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RECOMENDACIÓN DE ESTRASBURGO

El Reino Unido no podrá dejar siempre en la cárcel a los asesinos de Bulger

Isabel Ferrer

El Ministerio británico del Interior no tiene potestad para mantener recluidos indefinidamente a homicidas menores de edad. A esta conclusión ha llegado la Comisión Europea de Derechos Humanos después de estudiar la demanda interpuesta por los abogados de Robert Thompson y Jon Venables, los dos muchachos de 11 años condenados por la muerte del niño James Bulger, de dos años. La recomendación comunitaria debe ser analizada ahora por el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. Está previsto que el mismo dedique el próximo año una vista a tratar este caso.

En febrero de 1993, Thompson y Venables secuestraron, torturaron y luego mataron al pequeño Bulger. James se había alejado unos instantes de su madre, Denise, en unos almacenes de Liverpool. Antes de morir fue visto herido y llorando de la mano de sus captores por cerca de un centenar de personas.

La condena de 10 años impuesta por los jueces en noviembre pasado a los dos jóvenes criminales fue aumentada a 15 años por el Ministerio, que puede seguir revisando la sentencia y mantener indefinidamente en la cárcel a los culpables. Los abogados de Thompson y Venables recurrieron a Estrasburgo. La familia Bulger se mostró satisfecha con el incremento de la pena pero reconoció que hubiera preferido la cadena perpetua. Su deseo fue avalado por más de medio millón de firmas llevadas por los propios padres de James ante Michael Howard, titular de Interior.

El sistema jurídico británico exige imparcialidad al juez para que dicte su sentencia al margen de presiones externas. Interior, sin embargo, está facultado para aumentar las penas impuestas por los tribunales. Ello sucede, sobre todo, con crímenes cometidos por menores o que han soliviantado a la opinión pública. Si considera (que los condenados no están aún rehalbilitados y pueden constituir un peligro para la sociedad, el periodo de internamiento puede ser ampliado.

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