Impuestos directos e indirectos
El presupuesto para 1995 ha traído una cierta polémica sobre la sustitución de una mínima parte de la cuota de la Seguridad Social por un incremento de un punto porcentual en el tipo del IVA. Como suele ser habitual, desde hace años, en los debates económicos, los puntos de vista expuestos se han centrado más bien en cuestiones coyunturales: la reducción de un costo empresarial, un impuesto, . además, sobre la mano de obra utilizada, efectos en el IPC de la elevación del IVA, etcétera. Pero, además de esas cuestiones de oportunidad económica, estas medidas casi simbólicas por su cuantía pueden dar lugar a otras meditaciones sobre la estructura del sistema tributario y su equidad.El IVA ha sido el gran invento tributario de la segunda mitad del siglo XX, inventor europeo, asentado y reforzado desde las exigencias de juego comercial limpio en el seno de la CEE, hoy UE. El IVA se ha ido imponiendo en Europa porque, agotadas las posibilidades de los impuestos sobre la renta, al tope de sus tarifas de escándalo, el IVA era la única imposición indirecta general y de importancia recaudatoria,, que permitía comerciar entre europeos sin riesgo y sospecha de dumping, sin todos aquellos. malabarismos de las desgravaciones a la exportación y compensaciones a la importación, donde todo engaño y pillería tenía su asiento; y lo permitía, por. aplicación del principio de tributación indirecta (por IVA) en el país de destino, sin, discriminación, por tanto, entre productos nacionales y de0tros países de la Comunidad. La evolución de la UE se encuentra, ahora, en la vía de lograr un IVA homogéneo y único en todo su territorio. Lo que importa es decir que el IVA es uno de los pilares de la UE; si se hiciera desaparecer de la noche a la mañana, la UE, sencillamente, se rompería.
El IVA tiene otras virtudes (si es que tal cosa puede predicarse de un impuesto) que han ayudado a su prosperidad en las Haciendas europeas: es razonablemente neutral entre sectores y tipo de actividad, no castiga a la inversión, es silencioso en cuanto que se incorpora al precio de las cosas, y es, además, políticamente silencioso: cada vez más, las decisiones del IVA proceden de Bruselas, ese sitio donde están todos, y a veces parece que no está nadie, de modo que los Gobiernos nacionales se escudan más, fácilmente en él que si se trata de impuestos sobre la renta, provocadores siempre de resistencia, social y política hosca. En España, para ponernos a la ultura de otros, o de la media, todavía tendremos que elevarlo más, y, además, por "exigencia europea". Vamos, un mirlo blanco para el Gobierno. Y siendo el IVA un dato tributario con el que hay que contar, las economías han de competir aliviando el coste que suponen los impuestos directos.
Y así, asistimos, en toda Europa, a un proceso de, incremento del IVA, a veces en sustitución de impuestos sobre la renta; lo que tiene muchos argumentos económicos políticos a favor. Situación que conduce a alguna grave perplejidad: ¿qué sucede, entonces, con los criterios "progresistas" para la distribución de la carga tributaria entre los ciudadanos, predominante en Europa desde hace medio siglo, y que son los que, sin ir más lejos, se encuentran en nuestra Constitución? Capacidad económica, progresividad, igualdad, parecen dar lugar a un sistema en el que a igual renta, igual impuesto, frente a otro en el que, a consumo igual, impuesto igual, que es lo que prevalece con el predominio del IVA.
Pero hay más: las economías de los países de la UE son economías abiertas (y no sólo en los ámbitos de la propia UE), los capitales mobiliarios son, no ya móviles, sino casi volátiles, la libertad de movimientos de las personas, la propia fluidez de los medios de transporte, tiende a transformar. el concepto de domicilio a efectos de control tributario en un concepto impuesto sobre una realidad inaprensible; la libertad de formas jurídicas crea vericuetos para los capitales y las personas de todo tipo, difíciles de seguir; la competencia por la atracción de capitales ajenos (en gran medida hecha necesaria por la voracidad de los Estados por una financiación de monstruosos déficit presupuestarios originados por una sociedad ansiosa de asistencia pública y seguridad económica) impone políticas de competencia a la baja en los impuestos que gravan sus rendimientos.
En esta situación, que engordará, ni el Estado puede controlar la renta mundial del sujeto, que es la única medida razonable de su capacidad a efectos de un impuesto progresivo, ni puede dejar de discriminar entre las rentas para atraer capitales que se necesitan con angustia, ni puede fijar a los sujetos, que son nacionales de un Estado (o más), residen, de hecho, en uno o en varios, realizan operaciones en el universo mundo, y consumen, de verdad, en algunos de esos o en otros lugares. Mientras tanto, la fragmentación de la Hacienda global en Haciendas nacionales fuerza al Estado a medidas tributarias que son camisas de fuerza de una realidad que, a pesar de todo, se escapa. Así, el impuesto personal progresivo pierde legitimación en la medida en que no puede abarcar todo, mientras que el impuesto al consumo, en su forma de IVA u otras, le permite llegar hasta todos los que consumen dentro de las fronteras (y aun esos límites pueden también desaparecer para ciertos servicios: ¿quién cobra el impuesto sobre el consumo de televisión vía satélite).
Y no es que los principios hayan quedado rotos o invalidados; es que actúan sobre una realidad distinta de aquella para la que se pensaron, una realidad en la que la apertura económica afectaba sólo a aspectos residuales de la misma: ¿qué hacer con el sujeto que vota en un país, reside oficialmente en otro, obtiene renta de otros terceros, y consume, regularmente, en dos o tres países? ¿Cómo y por quién cobrarle el impuesto justo, el que se adecua a la capacidad, progresividad, igualdad?
Hace siglos que Castilla inventó la alcabala, el más viejo antecedente de los impuestos modernos a las ventas, y, por tanto, también del IVA. Era un impuesto a las ventas acumulativo, y muy criticado por sus efectos económicos, dado que los demás países no lo tenían, y los productos castellanos, con costos incrementados, no podían competir en el exterior; pero fue un procedimiento, para aportar más equidad (en el sentido moderno) al reparto de la carga tributaria: mediante él tributaban, en cuanto consumidores, los estamentos exentos de tributar directamente por su fuero: digamos la nobleza y la Iglesia, y otros. La Monarquía de la- España de los Austrias unía así sus intereses a los de los pecheros.
Todo hace pensar que, ahora, en una economía abierta, el IVA lleva las de ganar, a costa del IRPF. Salvo que una Hacienda europea centralizada, que por ahora no se vislumbra, pueda enfocar la distribución de la carga en un ámbito más amplio. Y aun así. Porque el mundo no se acaba tampoco en los confines de Europa.
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