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Inhabilitación política de hasta diez años para los altos cargos que violen el régimen de la ley de incompatibilidades

Miguel González

El Consejo de Ministros estudiará hoy un proyecto de ley para endurecer las incompatibilidades de los altos cargos y castigar a quienes las incumplan. El caso Roldán demostró que no se controlan las incompatibilidades ni se sanciona a los infractores.El texto elaborado por Administraciones Públicas extiende el régimen de incompatibilidades (limitado hasta ahora a ministros, secretarios de Estado, subsecretarios y asimilados) a todos los cargos nombrados por el Consejo de Ministros y establece la incompatibilidad total con cualquier actividad privada, salvo la administración de su propio patrimonio.Los altos cargos no podrán tener participaciones superiores al 10% en empresas que contraten con la Administración, ni directamente ni a través de su cónyuge e hijos. La incompatibilidad para trabajar en el mismo sector en el que han tenido responsabilidades se extenderá hasta dos años después del cese.

Tampoco podrán gestionar directamente sus valores o activos financieros, que serán administrados por una entidad supervisada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, los presidentes, directores y cargos de confianza de las entidades públicas de crédito y sociedades estatales de intermediación financiera. Se aplicará así a los directivos de Argentaria y el ICO, entre otros organismos, el sistema previsto en la ley de autonomía del Banco de España para su gobernador y subgobernador.

El proyecto prevé que quienes incumplan la ley -bien por realizar actividades prohibidas, bien por no presentar en plazo o falsear las declaraciones de actividades y bienes- serán castigados con la inhabilitación para el ejercicio de todo cargo político, además de devolver el dinero indebidamente cobrado. La inhabilitación política, de entre tres y diez años en los casos más graves, es un nuevo tipo de sanción, distinta de la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos que se reserva al Código Penal.Quienes incumplan el régimen de incompatibilidades se enfrentarán, además, a la reprobación pública, pues la Inspección General de Servicios de la Administración Pública informará periódicamente al Parlamento sobre el cumplimiento de sus obligaciones por los altos cargos.

El registro de bienes de altos cargos, ya existente, se ampliará para incluir copias de las declaraciones de renta y patrimonio. Será obligatorio presentar la declaración de bienes en los tres meses posteriores al nombramiento y en los tres meses siguientes al cese; además de una vez al año y siempre que el patrimonio se incremente en más de tres millones de pesetas.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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