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La justicia cubana castiga con un año de cárcel a los agitadores de agosto

Los desórdenes de agosto han comenzado a ser penados. Los tribunales encargados de juzgar a los casi 300 detenidos por los disturbios del 5 de agosto en. el malecón de La Habana han suavizado el rigor previsto al decidir la instrucción por causa de desorden público y no por la más grave de rebelión. Las primeras vistas se celebraron en la Unidad Militar de San Miguel del Padrón, conocida como El Pitirri. La primera sentencia de los juicios celebrados el 10 de septiembre, y a la que este periódico ha tenido acceso, dicta penas de seis meses a un año de cárcel.En él fueron procesadas 11 personas, en su mayoría jóvenes de 18 a 25 años.

La sentencia considera que queda probado" que los acusados participaron en los "disturbios" del 5 de agosto "en los que un numeroso grupo de personas comenzaron a gritar epítetos insultantes contra diferentes dirigentes del Estado".

El tribunal se basó para determinar la culpabilidad de los acusados- en que "fueron detenidos en el lugar donde ocurrieron los disturbios por agentes de la policía, y que no se demostró que la permanencia allí tuviese ningún sentido, además del indicio de la personalidad de ellos, que en su inmensa mayoría son jóvenes de desajustada conducta social".

La sentencia del Tribunal Provincial de La Habana añade que "aunque los hechos cometidos no revisten una alta peligrosidad social... se ejecutaron en un momento, y en una forma, que sí revela peligrosidad social, por lo que hay que reprimirlos con rigor", y por ello establece que 11 cual q>uiera que sea la extensión de la sanción, deben cumplirla en un centro penal".

Críticas de la defensa

Juan Escandell Ramírez, abogado defensor de Pedro David Buzzi Domínguez, de 24 años, quien fue condenado a un año de cárcel, considera que la sentencia "es rigurosa y severa", pues impone a su defendido y a varios de los acusados la máxima sanción posible, y además obliga a cumplirla en un centro penal y no en una granja u otro tipo de institución de régimen abierto, alternativa que establece la ley.Escandell, quien trabaja en el Buffete Colectivo del pueblo habanero de San Antonio de los Baños, aseguró que la sentencia se apoya en elementos demasiado débiles, motivo por el cual él y los seis abogados que actuaron durante el juicio pidieron la absolución por "falta de pruebas". "Eso es condenar a alguien por el simple hecho de estar en el lugar donde se produjeron los disturbios, pero sin probar que participaron en ellos".

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De los 11 acusados por "desorden público" en este primer juicio de los incidentes del 5 de agosto, cuatro fueron condenados a 1 año de cárcel, dos a ocho meses y dos a seis meses de privación de libertad, mientras que tres personas fueron absueltas. Según el sumario, ninguno de los 11 tiene antecedentes penales y la mayoría tenían vínculo laboral en el momento de ser detenidos.

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