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El Gobierno aprobará la nueva Ley Tributaria en una semana

El Gobierno tiene previsto aprobar la próxima semana la reforma de la Ley General Tributaría. En ella, se hará una nueva tipificación de las infracciones y se reducirán las sanciones con carácter general, según señaló ayer en Santander Eduardo Abril, director general de Tributos, durante el curso sobre Evasión y Fraude Fiscal organizado en la UIMP. La principal novedad es que la sanción que se aplica por faltas graves cuando el contribuyente firme el acta en conformidad se reducirá desde el actual recargo del 50% sobre lo defraudado a un 30%.El director general de Tributos explicó que esta reducción tendrá lugar sólo en los casos de infracciones graves en los que el contribuyente «preste su conformidad a la propuesta de regularización que le formule la Administración tributaría". Para el resto de los casos, la sanción mínima que Hacienda impondrá se mantendrá en el 50%.

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El objetivo de la reforma de la Ley General Tributaría que Economía espera que se apruebe la próxima semana por el Consejo de Ministros, es adecuar la ley de 1963 a la situación actual y facilitar los procedimientos, reduciendo las sanciones, de forma que el cobro de la deuda tributaria pueda hacerse en un periodo de tiempo menor al desincentivar la presentación de recursos. Para Abril se trata de "conseguir una aplicación más consensuada de la normativa, disminuyendo la litigiosidad, sin merma del carácter disuasorio de las sanciones".

Menos sanciones

En este sentido, junto a la reducción a un 30% de la sanción aplicable en las actas de conformidad, el proyecto de modificación de la ley rebajará el porcentaje de sanción máxima para las infracciones graves del 300% actual a un 150%. Si la infracción consiste en dejar de ingresar cantidades retenidas o tributos repercutidos, el abanico de sanciones se reducirá del 150% / 300% actual a un 75% / 150%.La reforma establece también, según explicó Abril, una simplificación y reducción de los criterios de graduación de las sanciones. Como criterios a tener en cuenta, se eliminarán el de la capacidad económica del que comete la infracción y su buena o mala fe. A cambio, se introducen como elementos a tener en consideración "la utilización de medios fraudulentos en la comisión de la infracción, la comisión de esta por persona interpuesta y la falta de presentación de declaraciones o la presentación de declaraciones falsas, incompletas o inexactas".

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