El derecho de rectificación no obliga a probar la falsedad
La persona que se acoge al derecho de rectificación no necesita probar absolutamente que su versión es auténtica, sino que de esa manera el particular puede dar su versión ante un hecho ya publicado. Así se desprende de la doctrina aplicada por el Tribunal Constitucional, según ha destacado el profesor Marc Carrillo, catedrático de la universidad Pompeu Fabra de Barcelona, durante su intervención en un curso organizado por la Universidad de Educación a Distancia (UNED).
Carrillo no comparte la versión del alto tribunal porque, en su opinión, los periódicos podrían perder credibilidad al verse obligados a publicar rectificaciones sucesivas.
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