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Los arrendamientos de Robin de los bosques

La regulación actual de los arrendamientos urbanos sería la cumbre de lo ridículo si no fuese tan discriminatoria entre los individuos y tan dañina para las ciudades. La próxima semana, terminada la presentación de enmiendas, comienza a discutirse en la correspondiente Comisión del Congreso de los Diputados el proyecto de ley de nueva regulación de esos contratos. No es ideal; seguramente los diputados la empeorarán, pero se necesita algo que inicie el deshielo.El control de los alquileres de viviendas y locales de negocio no es sino una más de las medidas de redistribución abusiva que tanto abundan en las democracias mayoritarias modernas. Se congelan los alquileres y se imponen prórrogas forzosas para robar a los propietarios y repartir a los inquilinos. Robin Hood es un personaje simpático, pero con su bien intencionadas fechorías al final no sabe ni a quién quita ni a quién da, y termina con todo Nottingham instalado en el bosque de Sherwood.

Hablemos del alquiler de viviendas. El 20% tiene contratos según el decreto Boyer de 1985. Sobre él han recaído todas las críticas, en realidad merecidas, por las medidas de control o congelación subsistentes. Gracias a este decreto se detuvo la continua reducción de viviendas arrendadas en España. Me pregunto cómo quieren que haya movilidad geográfica de trabajadores si se les ha subvencionado para que compren su casa en Canarias o en Asturias y tienen que irse a una pensión cara y mala en Valencia o en Barcelona. También me pregunto cómo quería el legislador que se firmaran contratos largos en ese régimen si no había confianza de que se mantuviera. ¡Ay, los misterios de las expectativas!

Otro 30% está sometido al régimen de la ley refundida de 1964. Aquí la norma general era revisar el alquiler anualmente según el índice de precios al consumo. Es un prejuicio difundido el pensar que lo deseable es que los alquileres se mantengan constantes en términos reales. Pero eso no tiene en cuenta la mejora o empeoramiento en la consideración social de las vecindades. Además, bajo este texto legal, cabían las prórrogas hasta la tercera generación.El 50% restante paga "rentas antiguas" y goza también de prórrogas casi bíblicas. El propietario no puede repercutir más que una fracción de las obras de conservación que se le imponen. Me dicen que en la calle Jener de Madrid, una señora marquesa propietaria de nueve pisos en una vieja casa burguesa ha asumido las labores de portera para completar sus ingresos.

Los abusivos alquileres de los locales de negocio se recogen en numerosas anécdotas. Contaré una que de paso indica lo elegantes que son mis amigos. Me encanta que me conviden a comer en Horcher, pero se me agua un poco la fiesta cuando me dicen que el alquiler de ese restaurante y la vivienda anexa cuesta al mes lo que un almuerzo de seis personas. ¿Será verdad? Quien quiera abrir un negocio nuevo en un barrio lleno de tiendas de renta antigua empieza con un hándicap casi insuperable, si no fuera porque muchos de los beneficiados por el favor legal se duermen en los laureles.

El proyecto de ley presentado por el Gobierno no extiende el decreto Boyer a todos los contratos como debería, sino que establece un régimen intermedio sin prórrogas forzosas y con lenta adaptación de los alquileres antiguos a las condiciones de mercado. Pero las nuevas condiciones son suficientemente más liberales para que vuelvan a lanzarse al negocio del arriendo las grandes inmobiliarias, y para que tengan éxito los fondos de inversión inmobiliarios.

Hoy me paseaba yo por la parte vieja de Valencia en busca de la reunión de la Sociedad Europea de la Elección Pública, dedicada al estudio del raro y abusivo fenómeno de la redistribución política de la riqueza (incluida la inmobiliaria). ¡Cuánto abandono, qué destrucción, tamaña cochambre, en barrio tan pintoresco!, ¿Quieren saber por qué? Las casas son de renta antigua y a los propietarios no les llega para el mantenimiento. Todo el barrio se ha ido a vivir al bloque de las afueras.

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