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El Tribunal Supremo devuelve al Estado los Ojos del Guadiana

La franja, de 40 kilómetros, era conflictiva desde 1983

El Tribunal Supremo ha devuelto al dominio público los llamados Ojos del Guadiana, en Ciudad Real, al dictar una sentencia que revoca un fallo de 1990 del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que consideraba que esta franja de terreno no formaba parte del río y, por tanto, no era de propiedad pública.

El Supremo considera que los Ojos del Guadiana, "tanto si era río, como si era laguna, como si constituía zona mixta de río y laguna, la conclusión es siempre la misma, a saber: que el cauce o lecho es siempre de dominio público, pues los ríos y las lagunas lo son". La Sala Tercera del Supremo, presidida por Carmelo Madrigal, afirma que la circunstancia. de que no haya agua desde hace tiempo en esa zona "no cambia la conclusión anterior". La polémica de esta franja de 40 kilómetros comenzó cuando en 1987 la Confederación Hidrográfica del Guadiana decidió deslindar esta zona ante la proliferación de empresas y particulares que habían abierto pozos ilegales para extraer el carbón de turba de la zona. Este deslinde fue recurrido por tres particulares y el Tribunal Superior de Extremadura les dio la razón en 1990. En las Lagunas de Ruidera subsisten litigios similares.

El presidente de Castilla-La Mancha, José Bono, calificó ayer el fallo que reconoce este dominio público sobre el río y el deslinde realizado en su día por la Confederación Hidrográfica del Guadiana de "punto de inflexión histórico para que nadie pueda decir sin pasar vengüenza que el río es suyo".

El conflicto zanjado por el TS tenía su origen en 1983, cuando se detecta la apertura de pozos ilegales para la extracción de turba. Un año más tarde, el Ejecutivo autónomo insta a la Confederación Hidrográfica del Guadiana a ejercitar las acciones legales oportunas para defender la titularidad pública de esta zona del río, a lo que esta institución respondió con el deslinde del paraje, decisión que sería recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura por los particulares afectados.

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