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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Derecho a morir con dignidad

La Audiencia de Barcelona ha denegado la petición de eutanasia de un tetrapléjico. La sentencia señala que el tribunal argumenta que existe un vacío legislativo en esta materia. Se ha denegado el derecho a tener una muerte digna por no existir una norma concreta, al menos en lo referente a una cierta eutanasia activa.Pues bien, las leyes están hechas para y por los hombres y al servicio de los mismos, y si existe laguna legal serían los hombres los que de manera racional deberían suplirla.

Tanto tecnicismo, latinismo y pedantería nos hace dejar de un lado la realidad, y comenzamos a filosofar, poniendo en duda los propios principios constitucionales.

Si lo que tratamos es de analizar estrictamente las leyes nos encontraremos que tenemos perfectamente derecho a morir con dignidad (artículos 1, 10 y 15).

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Poniendo en relación estos tres artículos de la Constitución, el derecho al libre desarrollo de la personalidad, de los cuales se desprende la disponibilidad de la vida, con ello quedaría perfectamente justificada la sentencia dada por el tribunal, ya que la Constitución no se pronuncia sobre la indisponibilidad de la vida y será, por tanto, tarea del legislador ordinario decidir si se castigan o no tales conductas relacionadas con el suicidio.

Pero la principal misión del legislador penal no es tanto ésta, sino la de protección jurídica para los bienes dignos necesitados de tutela penal, y así podrá afirmarse que aunque la indisponibilidad de la vida no está afirmada por el texto fundamental, y la vida a la que el artículo 15 se refiere es la deseada por su titular, la vida del suicida ha dejado de ser un bien digno y necesitado de protección penal, por lo que podríamos afirmar que se trata de un bien digno no protegido ya por la Constitución, por lo que sería inconstitucional castigar cualquier conducta relacionada con el suicidio.

Por supuesto que tenemos derecho a la vida, pero ¿qué vida?, ¿cómo tener que vivirla? Tenemos derecho a una vida digna.

Hasta ahora me he basado en las leyes, pero creo que por encima de cualquier argumento estamos los seres humanos, el individuo. Si dejamos de un lado toda materia legal y nos guiamos por un criterio racional, encontraríamos una respuesta.

Es muy sencillo opinar, argumentar sin estar en el pellejo de la otra persona. ¿Por qué no intentar ponernos en su lugar? Entonces seguramente interpretaríamos las leyes conforme mejor nos conviniera.- .

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