_
_
_
_

Condenada una agencia de viajes al amparo de una directiva de la CE

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a una agencia de viajes, demandada por un grupo de turistas, apoyándose en una directiva comunitaria que, aunque entrada en vigor, no está aún adaptada a la legislación española.Los viajeros tuvieron que pagarse en otra compañía el billete de regreso desde Turquía, incluido en el contrato, al encontrarse en huelga Turkish Airlines. Según la sentencia, Politours, organizadora del viaje, tiene que pagar a los demandantes las 325.000 pesetas del billete, además de los intereses y de las costas de la primera instancia.

Las asociacionea de consumidores han manifestado su satisfacción por la sentencia pronunciada por la Sección 18 de la Audiencia Provincial de Madrid. La Unión de Consumidores de España (UCE) denunció el pasado día 2 al Estado español por no adaptar una serie de directivas de la Comunidad Europea, entre las cuales se encontraba la argumentada por el tribunal para dictar sentencia. "Es importantísimo que se empiece a aplicar normativas que protegen a los consumidores", según un portavoz de la UCE.

La directiva comunitaria de 13 de junio de 1990 relativa a viajes combinados señala en uno de sus párrafos que "en caso de que, después de la salida, no se suministrara una parte importante de los servicios previstos en el contrato o el organizador observara que no puede suministrar una parte de los mismos, el organizador adoptará otras soluciones adecuadas para la continuación del viaje organizado, sin suplemento alguno de precio para el consumidor".

Huelga

Los hechos denunciados se produjeron en abril de 1991, cuando una huelga de la compañía aérea Turkish Airlines impidió que un grupo de turistas españoles en Estambul pudieran regresar a España, como estaba previsto por Politours.

La agencia ofreció a sus clientes la posibilidad de viajar a Madrid con otra línea aérea, pero no directamente a Madrid desde Estambul, sino haciendo escala en Francfort. No obstante se negó a pagar los billetes, argumentando que se trataba de un caso fortuito. Finalmente los propios turistas debieron abonar sus pasajes, pese a que en el precio total del viaje se incluía el billete de vuelta. El juzgado de Primera Instancia número 6 de Madrid desestimó en enero del pasado año la demanda de los turistas, que exigían que Politours les devolviese el precio de los pasajes.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_