¿Regular? ¿desregular? crear empleo
MARCOS PEÑALa reforma del mercado laboral, afirma el autor, se combina con el reforzamiento y articulación de la negociación colectiva, y de los agentes sociales, y a partir de aquí se puede y se debe hablar de reforma.
Solía comentar Marx que toda teoría debe ser explicada en virtud de una situación concreta y ante un estado de cosas claro. Es bueno que así sea; el discurso debe hospedarse en la realidad y no en el propio discurso, no hay nada más patológico que el narcisismo discursivo: el discurso mirándose a sí mismo. Y en estos últimos años, meses (e incluso minutos) están pasando tantas cosas, y tantas cosas a la vez, que nos cuesta saber dónde estamos, cuál es nuestra propia realidad...Estamos, ciertamente, embarcados hacia un futuro incierto, pero lo grave es que partimos hacia ese futuro desde un presente que se resiste a ser interpretado.
¿Qué ha significado la caída del muro? ¿Hasta cuándo podremos seguir compitiendo con países cuyos costes laborales son 20 o 30 veces inferiores a los nuestros? Nuestro pequeñito y ordenado mundo corre riesgo de desmoronamiento. Una acumulación suficiente de riqueza basada en el pleno empleo, la productividad y la alta tecnología había permitido soportar un pacto social tácito que alcanzaba tres coberturas Úniversales: la sanidad, la educación, las pensiones. Pero lo que podríamos llamar la democratización de la tecnología en un mercado laboral salvaje (apenas sin libertad sindical y negociación colectiva) ha contribuido a acelerar una crisis de competitividad, cuya primera víctima ha sido el pleno empleo, que era en realidad la piedra angular que sustentaba el sistema.
Con menos empleo se producen más gastos y menos ingresos; ello nos lleva necesariamente a más déficit y con ello, de nuevo, a menos empleo. Es un círculo perverso del que sabemos a duras penas cómo salir, y así las cosas no sorprende tanto que países de los socialmente más cohesionados, como Holanda y Bélgica, propongan a sus interlocutores sociales pactos plurianuales con incrementos salariales cero y equilibrio financiero de los sistemas de protección.
¿Y nosotros? Nosotros partimos de una situación en cierta manera paradójica: en 1993, un año en el que se van a destruir 600.000 puestos de trabajo, nuestra producción se va a reducir y la inflación va a estar en torno al 4,5%, se habrá pactado una subida de salarios del 6,5%. No parece que esto sea coherente.
No podemos seguir utilizando el empleo como único mecanismo de ajuste. Es mejor, siempre es mejor, una moderación salarial que un incremento de retribuciones que expulse a trabajadores del re parto (repartir algo menos entre la misma plantilla).
Por ello, el Gobierno propuso el día 27 de julio un pacto a los interlocutores sociales, que contenía, en síntesis, una reducción de cinco puntos de los salarios durante el trienio de vigencia del pacto, el reforzamiento y mejora de la negociación colectiva, la reforma del mercado de trabajo y el sostenido de los sistemas de protección social.
Mucha ha sido hasta ahora la discusión, pero conviene no olvidar dos cosas: en los presupuestos de 1994, en relación con los de 1993, la partida de desempleo asciende en un 13,6%. Estamos hablando de dos billones de pesetas destinados exclusivamente a la protección del desempleo. No parece, por tanto, razonable hablar de recorte o de atentado constitucional Como tampoco lo es hacerlo al hablar de las pensiones, cuando frente a una inflación prevista para 1994 del 3,5% el gasto público va a crecer un 7,6%. En fin, no es éste el problema. El problema es que vamos a empezar a discutir sobre mercado de trabajo, y a mí me parece saludable que antes de empezar tengamos alguna idea clara.
Partimos de una realidad: el mercado de trabajo es sólo un medio para ajustar la oferta y la demanda de trabajo. Así las cosas, los mecanismos de regular¡zación del mercado de trabajo pueden entorpecer o favorecer la creación de empleo, Nuestro objetivo, claro, es que la favorezca.
Hay que regular y desregular en función del empleo. Regular y desregular, como iremos viendo. Pero, antes, una llamada a la sensatez: el mercado laboral, su reforma, no es el vellocino de oro.
Las normas que ordenan los procesos de ingreso al trabajo, de salida, de desarrollo del trabajo, aquellas que determinan las relaciones laborales y los derechos colectivos ayudan a crear empleo, pero no lo crean por sí mismas. No caigamos en la tentación de arreglar los problemas económicos con soluciones jurídicas. La ilusión normativa no conduce a ningún sitio. Se nos puede llenar la boca hablando de reforma radical del mercado de túabajo", de flexibilidad, de desregulacion, pero todo esto no es más que palabrería y, como decía Nietzsche, "hay que luchar contra la seducción de l4s palabras". Nada impide pensar que cuando aparezca en el Financial Times que España ha liberalizado el despido, las inversiones extranjeras vendrán a chorros, pero, siendo realistas, habrá que convenir que la relación no es tan nítida. El asunto es más serio, y con más seriedad hay que hablar de él. Hay que flexibilizar, claro que sí, pero hay que flexibilizar respetando nuestro sistema (nuestro sistema constitucional) basado en la libertad sindical y la negociación colectiva.
"Cuanto más fuerte es el sindicato, mayor es el desempleo" Thacher dixit, ergo, el primer objetivo es debilitar al sindicato. Me imagino que alguien en nuestro país, quizá alguna fuerza política, estará de acuerdo con esto, sería bueno saberlo. Pero claro, cuando a la razón económica le molestan los sindicatos, a menudo no se queda ahí, suele concluir afirmando que la última rigidez económica es la provocada por la existencia de un mercado electoral, de unos partidos políticos, de una democracia... Por tanto, conviene comenzar afirmando que para nosotros la reforma del mercado laboral se combina con el reforzamiento y articulación de la negociación colectiva y de los agentes sociales, y a partir de aquí se puede y se debe hablar de reforma. Porque hay que reformar, y reformar urgentemente, y porque es razonable.
Es una excentricidad que no estén en nuestro país reguladas las empresas de trabajo temporal y es en verdad surrealista seguir manteniendo el carácter excluyente y monopolista del servicio público de empleo. El Ineni se hace cargo, y magníficamente por cierto, de la nómina de dos millones de desempleos y participa realmente en la intermediación del 7% de los contratos. Seguir defendiendo que "este 7% es igual al ciento por ciento no parece razonable, ni tampoco culpar a los poderes públicos de lo exiguo de la cuota. Los alabados servicios del empleo del Reino Unido no sobrepasan la cuota del 20%. Debe ser bienvenido aquel que contribuya a favorecer el encuentro entre la oferta y la demanda de trabajo, sea persona privada o pública, y debe el Estado limitarse a establecer los requisitos de funcionamiento y exigir el sometimiento a la ley.
Su no incorporación al trabajo está fomentando la desocialización de colectivo! importantes de jóvenes. Y lo necesario en este campo es combinar la ley con lo posible y no con lo deseable. Es imposible promover la colocación de jóvenes sometiendo sus contratos al esquema tradicional de tiempo indefinido. Hay que favorecer la primera inserción en el mundo laboral, regular el contrato de, aprendizaje y potenciar el contrato a tiempo parcial. El contrato de aprendizaje tendrá que cobijar a aquellos jóvenes carentes de formación, procurando plasmar una idea clásica: la formación a través del trabajo. No parece que sea posible potenciar los contratos a tiempo parcial sin regular los umbrales mínimos exentos.
Si efectivamente pensamos que un contrato de fin de semana para un joven debe arrastrar idéntica protección que el de un fresador, oficial de primera, estamos en realidad bastante equivocados y ayudando poquísimo a que esos jóvenes que quieren trabajar y trabajar de forma distinta a la tradicional puedan hacerlo.
Se habla bastante ahora del principio de causalidad, y temo que a menudo con poco fundamento. Este principio significa, ni más ni menos, que a todo trabajo de naturaleza permanente o habitual en la empresa, corresponde un contrato indefinido y sólo los trabajos de naturaleza temporal serán susceptibles de contratación temporal. Es difícil la aplicación mecánica del principio y, sólo en la fase del ingreso. La causalidad, obviamente, debe impregnar todo el desarrollo del contrato (nacimiento, desarrollo, extinción), modulando su aplicación y siendo conscientes de que a menudo la alternativa de la temporalidad no es la estabilidad, sino la desocupación. De poco valen las lamentaciones sobre la precariedad de nuestro empleo. De lo que hay que ser conscientes es de que la precariedad se corrige desde el empleo, y no desde el desempleo.
Una rigidez clara y que conviene limitar es la movilidad intema en sus distintas facetas; trátese de categorías profesionales o de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Es razonable aprovechar al máximo los recursos humanos, y las dificultades existentes al respecto poco o nada ayudan. Sería conveniente apostar por un sistema de categorías profesionales equivalentes y limitar la participación de la autoridad laboral a la hora de autorizar las modificaciones sustanciales. Autorizaciones que deberían ser a posteriori y basarse en constatar la existencia de causas objetivas.
La salida del mercado de trabajo, el despido, es sin duda uno de los elementos básicos de la reforma. Nuestro sistema tiene hoy, y deberá seguir teniendo en el futuro, un despido causal. Es decir, tiene que haber razones para que se produzcan los despidos. Y además de ello existe, y deberá seguir existiendo, un catálogo de indemnizaciones diferentes para cada despido, según cual sea la razón por la que se produce la pérdida del puesto de trabajo. Dicho de otra manera: no forma parte de nuestra cultura, de la cultura europea, el despido libre.
Pero conviene analizar también que hoy en nuestro país el pago indemnizatorio desborda las previsiones legales por una confusión entre los diferentes tipos de despido que hace muchas veces que a un despido causado por razones económicas reales se le apliquen las reglas de un despido disciplinario sin causa. Y esto deberá corregirse.
Estamos hablando de una materia muy sensible, cuya complejidad creo que escapa a la misteriosa secta de los asesores económicos. Hace años que actuamos sobre una legislación social que fue o consensuada o tolerada. Desconocemos los efectos que producirían en la sociedad una legislación rechazada. De ahí el esfuerzo por pactar. Las ganas de conseguir un acuerdo. Pero no es posible que un pacto por el empleo pueda ser bilateral: ni procede, ahora, una política de alianzas con los sindicatos que olvide al empresariado, ya que olvidaría también que justamente a este empresariado corresponde la creación de empleo, ni parece sensato atenazar a los sindicatos a través de acuerdos bilaterales con los empresarios. Estamos en un momento en el que sólo caben dos alternativas: o todos juntos, que sería la forma más solidaria de salir de la crisis, o uno sólo, es decir: el Gobierno en el ejercicio de responsabilidad de quien se ha comprometido con la sociedad a la solución de sus problemas.
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