El fiscal pide aumento de penas para dos cómplices del secuestro de Melodie
El fiscal del Tribunal Supremo solicitó ayer un aumento de la pena impuesta a dos de los implicados en el secuestro de la niña Melodie Nakachian y que éstos sean condenados como autores del delito y no como cómplices. Melodie, hija del empresario Raymond Nakachian, fue secuestrada en Estepona (Málaga) el 9 de noviembre de 1987 y liberada 11 días después por los geos en un apartamento de Torreguadiano (Cádiz).
A esta petición, efectuada en la vista del recurso de casación celebrado ayer, se ha adherido la acusación particular. La Audiencia Provincial de Málaga condenó como responsables del secuestro a Jean Louis Camerini a 21 años de prisión y a Constant Georgoux a 16 años.Alain Coelier fue condenado a 10 años como cómplice, aunque la Audiencia manifestó su sospecha de que se trataba de uno de los "cerebros" de la operación. A Nadine Etienne se le impuso una pena de cuatro años como cómplice, ya que su casa fue el centro de operaciones desde el que se preparó la acción delictiva.
Registro del apartamento
Él fiscal ha solicitado al tribunal que se considere la autoría de los hechos en el caso de Coelier y Etienne y no su simple complicidad, ya que su participación en los mismos fue relevante. El abogado de Coelier dijo que la audiencia se había valido de pruebas indirectas para condenar a su defendido, y el de Etienne aseguró que su defendida desconocía el móvil del secuestro.Por su parte, el abogado de Jean Louis Camerini, implicado en los preparativos del secuestro y en las negociaciones del rescate, alegó que existía error en la apreciación de documentos y consideró que había sido desvirtuada la presunción de inocencia de su defendido. El representante legal expuso que el registro del apartamento en el que se liberó a Melodie careció de garantías procesales.
El abogado de Constant Georgoux pidió que el tribunal anulase las circunstancias agravantes de disfraz y petición de rescate, consideradas al condenar a su defendido.
El letrado también alegó que el registro del apartamento se hizo sin garantías legales, al carecer de mediación judicial, siendo ésta una prueba nula en cuanto al derecho de tenencia ilícita de armas. Finalmente, solicitó que su defendido fuera considerado cómplice y no autor del delito, tras afirmar que en el juicio hubo infracción de la ley y quebrantamiento de forma al no haber sido juzgados todos los procesados juntos. Uno de ellos, el español Ángel García Menéndez, fue juzgado posteriormente, mientras queda pendiente el juicio de Jean Marie Caillot.
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