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¿Todavía delincuentes?

La disolución de las Cortes ha paralizado la tramitación en curso del proyecto del Código Penal, que deberá, en todo caso, ser abordado por el nuevo Parlamento que surja de las urnas, siendo una de las cuestiones pendientes la interrupción voluntaria del embarazo.El debate en este caso va mucho más allá del reproche a la conducta, ya que lo que plantea cualquier ley penal es la criminalización de tal actuación.

En estos momentos, ¿piensa aún la sociedad española que la mujer que aborta es una delincuente? ¿Puede sostenerse un castigo que comporta cárcel para ella y para los médicos que la ayudan?

La resolución del Parlamento de Europa de marzo de 1990 indica que "debe garantizarse a las mujeres de toda la Comunidad Europea el derecho de decidir sobre la propia vida y, en este caso, el derecho de optar por la maternidad o por la interrupción voluntaria del embarazo".

Masler Wagner, responsable de la salud materno-infantil de la Organización Mundial de la Salud (OMS), había dicho en enero del mismo año: "Cada intento que se ha hecho en países de prohibirlo, lo único que ha supuesto ha sido conducir a las mujeres a realizar abortos ilegales que resultan una amenaza para su vida".

Se aducen criterios de constitucionalidad para la permanencia del aborto en el Código Penal por la necesaria tutela al producto de la concepción como bien jurídico indiscutible.

¿Pero qué sucede cuando entra en conflicto con la tutela a los derechos de la mujer?

De modo sorprendente, desde 1988, y a través de la Ley Reguladora de Nuevas Tecnologías Reproductivas, se obliga a los equipos médico-científicos a destruir los preembriones que no hubieran sido congelados más allá del decimocuarto día desde la fecundación, prohibiendo expresamente mantenerlos con vida.

La coexistencia de ambas normas y el reconocimiento por parte del Tribunal Supremo y del Constitucional de la no punibilidad del aborto realizado por una española en el extranjero añaden paradoja a una realidad a cuyas espaldas no se puede permanecer.

La fórmula de despenalización parcial hoy vigente en España ha resultado de muy escasa operatividad, ha habido juicios a lo largo y ancho de nuestra geografía con mujeres y médicos en los banquillos viendo la intimidad de aquéllas y la profesionafidad de éstos sometida a grandes ataques.

Por ello, sólo una regulación respetuosa con el derecho de la mujer a decidir podrá dar fin a la actual inseguridad jurídica y cumplir la resolución del Parlamento Europeo, que es una recomendación transmitida por su presidente a todos los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.

es abogada, especialista en temas de mujer y familia.

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