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Una absurda polémica

A los funcionarios que diseñaron en su momento el texto de la ley de planes y pensiones de 1987 no les sentó nada bien que los bancos decidiesen mayoritariamente no acogerse a la misma promoviendo los correspondientes planes del sistema de empleo y prefirieran seguir contabilizando provisiones internas en sus balances para responder a los compromisos que tenían asumidos con parte de su personal de complementar en su día las prestaciones de jubilación de la Seguridad Social.En vez de preguntarse por los motivos reales de ese rechazo generalizado, los funcionarios y las instituciones públicas por ellos representadas iniciaron muy pronto una polémica, a la que se han ido sumando después distintos grupos sociales pretendida o realmente interesados, que ha trascendido recurrentemente a los medios de comunicación. Como suele suceder en estos casos, la desidia, la ignorancia, el uso inadecuado del. lenguaje o la mala fe -que de todo hay- han hecho que en esa polémica la verdad brille casi siempre por su ausencia.

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Como colofón de múltiples escaramuzas y presiones manifiestas o encubiertas, el pasado mes de septiembre llegó a la comisión de subsecretarios un anteproyecto de ley del seguro privado, aparentemente inocuo y burocrático, de adaptación a la normativa comunitaria, en el que, con sigilo digno de una película de misterio, se incluía la prohibición de los llamados fondos internos. La presión de la banca, apoyada por el Banco de España, hizo que se incluyera una salvedad en el proyecto final permitiendo la existencia de esos fondos internos en el sector financiero, por entender que sus fines quedaban suficientemente salvaguardados al estar sometido el sector a la vigilancia permanente de autoridades públicas de control y supervisión. A última hora, sin embargo, en la tramitación del proyecto en el Senado, parece que se quiere suprimir esa excepción, o al menos limitarla notablemente.

Soy bastante escéptico sobre las posibilidades reales de introducir un mínimo de racionalidad en un debate que se ha caracterizado por la defensa de intereses concretos, quizá muy respetables, pero que nada tienen que ver con la cuestión de fondo, por la pura obstinación o por el juego de los despropósitos; y menos aún de conseguir influir en el resultado final. Pero no me resisto a la tentación de poner de manifiesto -aunque sea telegráficamente- algunos aspectos que ayuden a entender este galimatías a terceros de buena fe. Por supuesto, me refiero en exclusiva al problema desde la perspectiva de la banca, que es la única que conozco.

Los bancos no tenemos constituidos fondos de pensiones internos, simplemente contabilizamos provisiones para asegurar el cumplimiento de un compromiso futuro con nuestros empleados cuando se jubilen. La distinción es importante. Si se tratase de fondos de pensiones, los empleados tendrían derechos adquiridos sobre ellos y se podrían llevari consigo los importes devengados hasta ese momento en el caso de que abandonaran la entidad en la que trabajan. Pero no es así, sólo tienen una expectativa de derecho que nacerá precisamente en el momento de su jubilación en la empresa. Pretender que esas provisiones se aporten a un fondo externo de pensiones es tratar de modificar unilateralmente el contenido formal de la obligación que, tienen los bancos. Tan es así que, si hubiese que hacerlo -por la fuerza de la ley, que en este caso sería equivalente a la ley de la fuerza-, los bancos seguirían sin liberarse de sus compromisos, de tal forma que, si el pretendido fondo de pensiones externo no pudiese en su día hacer frente al pago de las pensiones pactadas, los beneficiarios seguirían teniendo derecho a exigir el cobro de sus pensiones de los bancos.

A esta luz se entiende con facilidad que los sindicatos hayan tomado partido beligerante a favor de la opción externa. Ello sin contar con el poder que vislumbran por participar eventualmente en órganos de control de instituciones que podrían llegar a manejar actualmente cifras cercanas al billón de pesetas.

Los promotores del cambio se apoyan en el pretendido argumento de que es preciso asegurar y proteger los derechos adquiridos o potenciales, tanto da, de los trabajadores, y que esto sólo es posible mediante los fondos externos. Incluso llegan a decir que la fórmula es obligada porque viene impuesta por la normativa comunitaria. Al lector interesado en conocer con exactitud esa pretendida obligación le remito a la directiva 80 / 987 / CEE, de 20 de octubre de 1980, en sus artículos 5 y 8. Ciertamente, se les exige a los Estados miembros que establezcan las medidas necesarias para proteger los intereses de los trabajadores en este campo, pero en ningún sitio se dice que deba ser mediante la fórmula de fondos externos, que con frecuencia reducen las garantías y la seguridad en vez de aumentarlas.

La única disposición que sería realmente necesaria y que, hasta ahora, ningún organismo se ha preocupado de promover es que los llamados fondos internos tengan derecho legal de prelación frente a otros acreedores en hipotéticas situaciones concursales. Pretender que un fondo externo aporta mayores garantías a los trabajadores que la adecuada cobertura interna es, en el caso de la banca, sencillamente grotesco. ¿Por qué ignota razón un fondo de pensiones va a ser más solvente que un banco? Con argumentos como ése, quizá algún día un iluminado bienintencionado pretenderá que los saldos de los acreedores se saquen del balance de los bancos para proteger mejor el ahorro.

Después de leer los párrafos anteriores, si las cosas están tan claras, el lector puede preguntarse con todo derecho el porqué de esta polémica. ¿A quién beneficia? Algunos nos hemos hecho esa pregunta hace tiempo y no hemos encontrado todavía la respuesta correcta. Ahí van algunas de las posibilidades, probablemente todas válidas.

Es muy tentador tratar de forzar que una masa tan importante de dinero tenga que invertirse en los mercados de capitales, básicamente en renta fija, que ése es el destino natural de los fondos de pensiones, cuando el sector público anda tan necesitado de asegurar la financiación, o refinanciación, de niveles desmesuradamente crecientes de gasto. Tampoco es inverosímil pensar que el sector asegurador o el de entidades gestoras de fondos ya existentes, global o individualmente, hagan su lobby correspondiente buscando. ampliar el negocio con bocados tan apetecibles. Y no puede, desde luego, descartarse el empecinamiento natural de los seres humanos; sostenella y no enmendalla es moneda corriente que suele oscurecer motivaciones pretendidamente racionales. Es muy probable, en fin, que este tema -como otros muchos- se utilice como moneda de cambio en transacciones de contenido radicalmente distinto entre organizaciones políticas y sindicales, contando con el interés al que ya se ha aludido que tienen indudablemente los sindicatos en sacar ventajas adicionales sobre los compromisos vigentes.

Lo que parece claro es que las motivaciones reales han propiciado que domine la confusión en una polémica que no debió nacer o que, en todo caso, no tenía por qué haber traspasado los estrechos límites de una pura discusión técnica.

es secretario general del Banco Popular.

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