El "libre desarrollo de su personalidad"
La fórmula propuesta por la ministra de Asuntos Sociales, Matilde Fernández, exige, entre las circunstancias requeridas para ampliar la despenalización del aborto, que la continuación del embarazo perjudique el libre desarrollo de su personalidad. El texto íntegro de la propuesta de enmienda recoge los siguientes requisitos:"Que exista un estado de angustia o ansiedad en la gestante, producido por sus condiciones personales, económicas, sociales o familiares, y el aborto se realice dentro de las 12 primeras semanas de embarazo".
"Se considera, en todo caso, comprendido en el párrafo anterior el aborto practicado con la concurrencia, previa a la intervención, de los siguientes requisitos:
a) Constancia escrita de que la mujer considera que la continuación del embarazo perjudica decisivamente el libre desarrollo de su personalidad.
b) Certificación expedida por un centro público o concertado de orientación familiar o de servicios sociales, acreditativa de que la gestante ha sido informada acerca de otras posibilidades alternativas y de los derechos y ayudas previstos en favor de las mujeres embarazadas y de las madres".
"La interrupción del embarazo sólo podrá realizarse transcurridos ocho días desde la primera visita de la gestante al centro de orientación familiar o de servicios sociales".
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