Un juez de Badajoz ordena exhumar un cadáver para investigar una paternidad
La Audiencia Provincial de Badajoz ha ordenado exhumar un cadáver para investigar una demanda de paternidad, cuyo proceso comenzó antes de que el demandado falleciera. El magistrado Ángel de Juanes Peces, que preside la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, califica como "plenamente constitucional" esta prueba y ha dicho que "no es la primera vez que se realiza en España".
Atendiendo la demanda efectuada por una mujer, un juzgado de Badajoz ordenó recientemente la exhumación del cadáver del supuesto padre, ya que en vida no pudo realizarse la prueba de sangre, que en su día también fue dictada por el mismo juez. El auto de exhumación fue recurrido por los familiares del fallecido, y ahora la Sección Segunda de la Audiencia, Provincial de Badajoz ha ratificado la resolución del juzgado y ha dictado un auto confirmando la procedencia de la exhumación del cadáver como prueba necesaria para la investigación.Una vez exhumado el cadáver, serán tomadas muestras de los dientes.
El hecho fue dado a conocer por el propio Ángel de Juanes Peces durante una conferencia con el título de Alcciones de filiación en la más moderna jurisprudencia del Tribunal Supremo. Sin embargo, ni entonces, al término de la charla, ni ayer, a preguntas de este periódico, el magistrado De Juanes facilitó los nombres del fallecido y de la mujer que reclama la paternidad; tampoco quiso dar dato alguno sobre cuándo falleció ni dónde se encuentra enterrado. "No tengo los datos a mano", señaló De Juanes, remiso igualmente a facilitar el nombre del juez que instruye el caso. "De verdad, no lo recuerdo ahora".Prueba constitucional
Según Ángel de Juanes, hasta la promulgación de la Constitución de 1978 estuvo prohibida la posibilidad de investigar la paternidad a partir, de la exhumación de un cadáver, salvo en el caso de Cataluña, donde la compilación sí lo permitía."Ello era consecuencia de una circunstancia histórica, de una moral imperante", ha explicado. "Sin embargo, la Constitución introdujo el derecho a la investigación de la paternidad con cualquier tipo de prueba biológica. Incluso se planteó la constitucionalidad de la misma, y el propio Tribunal Constitucional ha dicho que es plenamente constitucional", termina De Juanes, al tiempo que recuerda que este tipo de pruebas no es la primera vez que se autoriza en España, "porque ya se ha efectuado también en Málaga".
En el caso de Badajoz, para determinar el auto de exhumación, el juez tuvo en cuenta un informe de la Escuela de Medicina Legal de Santiago de Compostela en el que, al parecer, se indica que las muestras dentales pueden ayudar a esclarecer la investigación sobre la paternidad.
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