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EL FUTURO DE EUROPA

Los poderes del 'monstruo'

La Comisión tiene menos facultades de las que le imputan sus nuevos críticos

Lluís Bassets

Margaret Thatcher parece haber triunfado mucho tiempo después de abandonar el poder. Sus filípicas contra la voracidad burocrática de los eurócratas y sus advertencias contra el superestado centralista y antidemocrático, dirigido desde Bruselas por un directorio de jacobinos, han llegado a cuajar. La ratificación de Maastricht ha sido el desencadenante: quienes votaron no en Francia esgrimían, entre los motivos, su rechazo a la burocracia bruselense; y quienes desean salvar el tratado no dudan, ahora, en lanzar sus invectivas contra las insuficiencias democráticas de la CE. Todos quieren sustraer poderes a la Comisión Europea, tocada estos días en su prestigio.

¿Pero cuáles son esos poderes de la Comisión que hay que recortar? ¿Acaso el Tratado de Maastricht aumenta la capacidad de decisión de Jacques Delors y de los otros 16 comisarios?

La realidad es que la Comisión no es el órgano ejecutivo de la CE. Quienes toman las decisiones en última instancia son los 12 Estados miembros a través del Consejo de Ministros y del Consejo Europeo (compuesto por los 12 jefes de Estado y de Gobierno). Quienes legislan, asimismo, son los 12 socios. El poder de la Comisión es de proposición, de ejecución de las decisiones y de gestión. Tiene un elemento propio del órgano legislativo en la división clásica de poderes, como es la práctica exclusiva en la iniciativa legislativa. Pero a partir de ahí nada puede hacer sin el permiso de los Doce.

Tiene una facultad que la hace antipática a quienes les produce urticaria la idea, europea: la Comisión es la que custodia los tratados europeos y puede apelar al Tribunal de Justicia de la CE, tiene facultad para hacer recomendaciones y dictámenes y tiene las facultades más políticas de negociar, mediar y presionar, evidentes cuando quien la preside es un personaje como Jacques Delors. Pero sus males (exceso burocrático) son exigencia de los socios del club europeo y son males importados de los Estados mismos.

El Tratado de Maastricht refuerza ligeramente los poderes del Parlamento Europeo, que adquiere una cierta capacidad de codecisión, conjuntamente con el Consejo de Ministros, y se convierte además en poder de control de la Comisión, cuyos miembros deben someterse a su investidura y eventualmente a la moción de censura si hubiera lugar. Es decir, aumentan los controles de los únicos cargos electos de la CE, los diputados europeos, sobre los 17 comisarios, todos ellos elegidos por cada uno de los Estados miembros, menos el presidente, elegido por consenso de todos los socios.

Maastricht prevé coronar el complejo edificio de controles y contrapesos con la aplicación de un nuevo principio, el de la subsidiariedad, que evita que una institución europea se haga cargo de una decisión cuando puedan hacerlo los Estados miembros, las regiones o los municipios. La mayor novedad del tratado, como es la unión económica y monetaria, no refuerza los poderes de la Comisión, sino que crea una nueva instancia independiente de enorme capacidad de decisión: el Banco Central Europeo.

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Sobre la firma

Lluís Bassets
Escribe en EL PAÍS columnas y análisis sobre política, especialmente internacional. Ha escrito, entre otros, ‘El año de la Revolución' (Taurus), sobre las revueltas árabes, ‘La gran vergüenza. Ascenso y caída del mito de Jordi Pujol’ (Península) y un dietario pandémico y confinado con el título de ‘Les ciutats interiors’ (Galaxia Gutemberg).

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