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Agricultura estudia rebajar de 21 a cuatro años el periodo máximo de arrendamientos rústicos

El Ministerio de Agricultura, a través de la Secretaría General de Estructuras, ha iniciado los trabajos para la modificación a corto plazo de la actual legislación sobre arrendamientos rústicos, que data de 1980. Esta reforma consistiría en reducir el actual periodo de arrendamientos desde los 21 años a los que puede llegar hasta un solo periodo de cuatro años. La reforma afectaría al 22% de las tierras cultivadas.

En el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se han mantenido reuniones de trabajo con expertos de diferentes tendencias ideológicas relacionados con la política agraria antes de hacer una propuesta sobre esta nueva medida, con la que se pretende agilizar la movilidad en el campo. La modificación de esta ley se enmarca, pues, dentro de las actuaciones de la Administración para la modernización de las estructuras agrarias, tal como se comprometió el titular del Ministerio de Agricultura, Pedro Solbes, con los responsables de las distintas organizaciones agrarias.Del conjunto de la superficie agraria en España, aproximadamente 5,6 millones de hectáreas, lo que supone el 22% de las tierras según el Ministerio de Agricultura, se explotan bajo la modalidad de arrendamiento, mientras 17 millones de tierras se cultivan en propiedad y otros dos millones bajo el régimen de aparcería. Pero el volumen de tierras en arrendamiento, además, ha experimentado un aumento considerable en los últimos anos a medida que se han producido las jubilaciones en el campo con la consiguiente reducción del número de agricultores.

Diferentes prórrogas

La actual Ley de Arrendamientos Rústicos data de 1980 y fue aprobada mientras Jaime Lamo de Espinosa era el responsable de la cartera de Agricultura. De acuerdo con el texto de esta Ley y, con el fin de garantizar la estabilidad de los arrendatarios en la explotación de unas determinadas superficies, se fija un primer periodo de arrendamiento de seis años. A partir de esa fecha, se puede producir una prórroga de otros seis años y tres más de tres años cada una hasta un total de 21 años. Para recuperar la tierra antes de esos 21 años, el propietario de la misma deberá asumir directamente el cultivo de la explotación.En este momento, los expertos de diferentes tendencias consultados por el Ministerio de Agricultura y la propia Administración, coinciden en que la posibilidad de unos periodos tan largos constituyen un obstáculo a la hora de arrendar tierras ante el temor de muchos propietarios a perder definitivamente las mismas. Esta circunstancia hace que muchos arrendamientos se hagan al margen de la ley y que, en otros casos, se haya paralizado este mercado.

El corto plazo

Con el fin de resolver esta situación, se pretende que el Parlamento modifique la actual legislación sustituyendo los periodos actuales por otros mucho más cortos con el fin de garantizar una cierta estabilidad al arrendatario, pero ofreciendo a la vez seguridad al arrendador para poder disponer libremente de su tierra a corto plazo.En este contexto, se baraja la sustitución de los actuales. periodos de arrendamiento por uno único que podría estar entre los tres y cuatro años sin prórrogas. Con esta medida, en medios de la Administración se considera que sería posible una mayor movilidad de la tierra en un campo donde cada día hay menos activos y más personas con superficies que se deben cultivar por personas ajenas a su propiedad.

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