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Hacienda propone que los planes de ahorro popular se retribuyan como mínimo con el 10% este año

Los planes de ahorro popular deben tener una retribución mínima garantizada que no sea inferior a la del interés legal del dinero -este año, el 10%-, según la propuesta elaborada por Hacienda. Su objetivo es evitar que bancos y cajas aprovechen el importante atractivo fiscal de esta nueva vía de captar pequeño ahorro, y ofrezcan remuneraciones por debajo del mercado. El control de esta figura es otra de las preocupaciones de Hacienda, por lo que se propone que sean sometidas a una autorización administrativa.

Hacienda no pone, sin embargo, impedimentos a que los planes puedan materializarse en depósitos bancarios, además de los seguros y la deuda pública previstos en la ley del IRPF. Estos criterios no son, sin embargo, compartidos por el área de economía del ministerio.Los planes de ahorro popular deberían -por ley- estar a disposición de los ahorradores desde primeros de año, pero aún tardarán un mes en salir al mercado, según los últimos planes del Ministerio de Economía y Hacienda. Aunque se trata de una nueva figura con unas características muy sencillas y definidas en la ley del impuesto sobre la renta, a la hora de concretar, Economía y Hacienda hacen propuestas divergentes.

En términos generales, los planes persiguen captar el pequeño ahorro a medio plazo. Sólo se podrá destinar un millón de pesetas por año y persona, con un límite máximo de 10 millones. Este dinero debe permanecer inmovilizado durante -cinco años como mínimo y como contrapartida, sus rendimientos no tienen retención y tampoco tributan.

Pero mientras el área de economía quiere que los planes sean unos instrumentos muy flexibles, la propuesta de Hacienda refleja una preocupación por su control. En el borrador de real decreto por el que se regulan los planes de ahorro popular se establece que "deberán ser autorizados por el Ministerio de Economía y Hacienda, a propuesta de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, previo informe de la Dirección General de Tributos y de la Dirección General de Seguros".

Beneficios fiscales

El objetivo, según la memoria que acompaña a la propuesta de Hacienda, es efectuar "un mejor seguimiento" y controlar "el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley" para disfrutar de los beneficios fiscales. Fuentes de la Secretaría de Estado de Economía señalan, por el contrario, que "los planes deben ser unos instrumentos ágiles y flexibles", es decir, con la menor burocracia posible.Hacienda entiende que la remuneración de estos planes -que ofrecerán las entidades financieras y de seguros como promotores- "no podrá diferir sustancialmente con la del mercado". El baremo objetivo que se propone es "aplicar a la total cuantía invertida, y a partir del momento de su inversión", el tipo de interés legal del dinero que se fija cada ejercicio en la Ley de Presupuestos. Para este año es el 10%.

Según la memoria, "el objetivo de esta remuneración mínima no es otro que evitar que el beneficio fiscal, consistente en la exención de los rendimientos mobiliarios procedentes de planes de ahorro popular, conlleve una importante reducción de las cantidades satisfechas, ya que tal circunstancia produciría una transmisión del beneficio fiscal en favor de las diferentes entidades promotoras", y "no del inversor, como ha previsto la ley".

Seguros y deuda

La mecánica de los planes establece, por otra parte, que las cantidades ahorradas se destinen, a su vez, a diferentes activos. En concreto, la ley señala los seguros y la deuda pública, pero no excluye otros, como, por ejemplo, los depósitos bancarios.La secretaría de Estado de Hacienda se muestra partidaria de incluir estos últimos, aunque plantea planes "independientes y separados" para cada activo. Economía, mientras, no quiere "un nuevo producto bancario desfíscalizado". Las entidades financieras, por su parte, ven en esta posibilidad la forma de captar unos recursos manejables tras la fuga provocada por los fondos de inversión.

Para los seguros, Hacienda también propone límites, ya que los beneficios fiscales de los planes sólo están previstos para los rendimientos del capital mobiliario y no para los incrementos de patrimonio. De aquí que sólo se incluyen los seguros (de vida, muerte o invalidez) con duración inferior a un año o hasta tres, bajo determinados requisitos.

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