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PUBLICIDAD EN LAS CUNETAS

Ninguna empresa ha sido multada por colocar vallas publicitarias ilegales en las carreteras

Javier Casqueiro

El Gobierno aprobó el proyecto de la actual ley de carreteras el 20 de noviembre de 1987. El texto, que entró en vigor el 30 de julio de 1988, establece en su artículo 24 una restricción que fue desoída en los primeros meses y que actualmente muy pocos recuerdan: "Fuera de los tramos urbanos de las carreteras estatales queda prohibido realizar publicidad en cualquier lugar visible desde la zona de dominio público de la carretera, sin que esta prohibición dé en ningún caso derecho a indemnización". Sin embargo, cientos de vallas invaden los márgenes de las carreteras de Madrid.

La Comunidad de Madrid tomó también partido y aprobó, el 1 de marzo de 1991, una ley regional que redoblaba en teoría esta limitación. Estado y Comunidad se reservaban la potestad para montar sin cortapisas sus propios "carteles informativos".

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La Administración distingue, en los márgenes de las carreteras, dos áreas a regular: de dominio público y de protección. La zona de dominio público se extiende a ambos lados del viario entre tres y ocho metros. Colocar una valla con un mensaje no permitido en este espacio se considera una infracción muy grave y debería multarse con sanciones de uno a 25 millones de pesetas. No ha sucedido nunca.

La zona de protección, reservada para futuras ampliaciones de la calzada o para instalar gasolineras y otros servicios, abarca 15 metros a partir de las cunetas de las carreteras comarcales, 25 de las regionales más importantes y 50 en las autovías y autopistas. Vulnerar este apartado se cataloga como infracción grave y tiene sanciones de 200.000 a un millón de pesetas. No se conoce ningún caso.

Para el Consejo de Ministros

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El Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el departamento competente, ha dejado correr ya tres años desde que finalizó el plazo concedido en su día a las empresas del sector (19 de agosto de 1989) para que retirasen las vallas no permitidas.

El ministerio ha levantado desde entonces 247 expedientes sancionadores por infracciones observadas en toda la red nacional, incluida la madrileña, contra distintas empresas publicitarias y ha propuesto 1.000.001 pesetas, en cada caso, de multa (infracción muy grave por una peseta).

Estas sanciones, para comenzar su proceso de ejecución, deben ser aprobadas antes por el Consejo de Ministros. Todavía no se ha tomado esta decisión, "aunque está a punto de hacerse", explica un portavoz del ministerio.

Obras Públicas no sabe cuántas vallas han desaparecido de las carreteras, pero aventura que "han sido muchas".

La dirección regional de carreteras pasa por una tesitura similar a la del Estado. En este caso, la ley aprobada está a la espera de un reglamento, previsto para después del verano. Mientras, los inspectores han abierto 115 expedientes sancionadores, de los que sólo se han tramitado 76. El 90% de estas multas han sido calificadas como graves, pero ninguna se ha cobrado. La Comunidad ha contactado con el Ministerio de Hacienda para estudiar una forma de cobro " posiblemente por vía de apremio, que sea realmente operativa", explica Agustín Herrero, director regional de carreteras.

La patronal más importante del sector, además, ha impugnado el reglamento general de la ley de carreteras ante el Consejo de Estado sin ningún resultado. "La ley es un bodrio. El Estado ha querido meter mano aquí y no ha sabido hacerlo. Si quieren que una ley funcione no necesitan reglamento ninguno, como ha sucedido con la ley Corcuera ", afirma Gregorio Rayón, secretario de la Asociación de Empresas de Publicidad Exterior.

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Sobre la firma

Javier Casqueiro
Es corresponsal político de EL PAÍS, donde lleva más de 30 años especializado en este tipo de información con distintas responsabilidades. Fue corresponsal diplomático, vivió en Washington y Rabat, se encargó del área Nacional en Cuatro y CNN+. Y en la prehistoria trabajó seis años en La Voz de Galicia. Colabora en tertulias de radio y televisión.

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