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El recurso contra la sentencia del insumiso alega que la PSS no afecta a la dignidad

El ministerio fiscal presentó ayer recurso de apelación contra la sentencia dictada por el titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Madrid, José Luis Calvo, que absolvió a un insumiso que se negó a realizar la prestación social sustitutoria (PSS). El escrito del recurso afirma que el cumplimiento de la prestación social sustitutoria no ofende a la dignidad social de la persona y que de él no resulta lesión alguna jurídicamente valorable.En el recurso de apelación interpuesto ante la Audiencia de Madrid se indica que en la sentencia absolutoria se aplicó incorrectamente la eximente de estado de necesidad a los hechos considerados probados, los cuales "coinciden con los relatados por el ministerio fiscal en su escrito de acusación".

También dice el fiscal que el juez que absolvió al insumiso se olvidó de "que la Constitución impone el respeto a la ley" y "a la totalidad del ordenamiento jurídico", y que en las normas penales "predomina el principio de comunidad sobre el de personalidad".

En la sentencia absolutoria, el juez decía que, ante el conflicto "individuo o sociedad, persona o Estado", primaba "la libertad de conciencia y la dignidad de las personas", por lo que aplicó la eximente de "estado de necesidad" para argumentar su fallo absolutorio.

Sin embargo, el fiscal señala en el recurso que no existe tal conflicto, "y ello porque no existe colisión entre bienes jurídicos incompatibles", y añade que, en todo caso, "la valoración de los bienes jurídicos que la sentencia considera en colisión debe realizarse no en la mente del acusado, ni siquiera en la del juzgador, sino en los parámetros establecidos a través de la ley".

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