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Hacienda devolvera a La Caixa 20.000 millones del impuesto de sociedades

Hacienda cursará este mes la orden de pago de los más de 20.000 millones de pesetas que La Caixa ha reclamado en concepto de devolución de cantidades retenidas en exceso en el impuesto de sociedades del ejercicio de 1989, según han confirmado a este diario fuentes de la Administración. Hacienda aún no ha tomado ninguna decisión sobre los 24.232 millones de pesetas que la entidad de ahorro reclama por el ejercicio de 1990.

La Oficina Nacional de Inspección ha informado favorablemente a la petición de La Caixa por el año 1989, por lo que Hacienda procederá a liquidar la cantidad solicitada a lo largo del corriente mes de enero, para evitar el pago de interés de demora. Un portavoz de La Caixa declaró que la entidad no tiene noticias sobre esta decisión.Según la Administración, es relativamente habitual que la entidad que dirige Josep Vilarasau obtenga devoluciones por la liquidación del Impuesto de Sociedades. En concreto, según las cifras facilitadas en su día por la entidad, se le devolvieron 810 millones en 1985, 2.886 en 1986, 7.400 en 1987 y 4.721 millones en 1988.

La entidad de ahorro ha justificado estas constantes devoluciones por tres factores combinados: porque sólo tributa por la mitad de sus beneficios, al destinar el otro 50% a Obra Social; por los elevados tipos de retención aplicados por Hacienda, que permite que al final del ejercicio el saldo entre las retenciones practicadas y el impuesto a pagar ofrezca un saldo positivo para la entidad de ahorro; y por el bajo nivel de beneficios obtenido en los últimos años, que reduce sensiblemente el Impuesto de Sociedades a liquidar.

'Repos' masivas

Con todo, el factor que ha disparado las cuantías a devolver, según la entidad de ahorro, es la masiva realización de operaciones de cesión de activos de deuda pública con pacto de recompra, conocidas en la jerga económica como repos. En estas operaciones, la retención del 25% es soportada por la entidad, ya que nunca de ser la titular del activo.Las repos consisten en suscribir deuda del Estado a tres o cinco años y, posteriormente, cederla a clientes con pacto de recompra. Para el cliente tiene la doble ventaja de que obtiene liquidez en el momento que lo desea y que las ganancias logradas en el pacto de recompra no se consideran rendimientos del capital, ya que tienen tratamiento fiscal de aumento de patrimonio. De esta forma, no soportan retención y tienen mayores posibilidades de eludir el control de Hacienda.

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