La Policía investigó a los pacifistas durante la guerra del Golfo
La Brigada Provincial de Información de la Policía de Barcelona investigó las actividades de los grupos pacifistas catalanes durante la guerra del Golfo e intentó al menos pinchar algunos teléfonos, si es que no lo hizo, según la sentencia dictada el pasado 30 de octubre por la sala de conflictos del Tribunal Supremo.La sentencia señala que "el 25 de enero de 1991, la Brigada Provincial de Información de la Policía dirigió escrito al juez de instrucción de guardia de Barcelona, solicitando autorización para una intervención telefónica de un número cuyo titular era Marius Gamundi Jou". La petición se basaba en la "utilización del teléfono por diversos grupos y colectivos radicales antimilitaristas para efectuar llamadas telefónicas a padres de soldados y marineros que en estos momentos están realizando el servicio militar con el objeto de incitarlos a presionar a sus hijos para que deserten de sus unidades".
El escrito no explicaba cómo supo la Policía que desde dicho teléfono se llamaba a los padres de los marineros, limitándose a señalar que tenía esos datos "en torno a la campaña que en favor de la deserción a filas se está produciendo en Cataluña auspiciada por distintos grupos y colectivos radicales y antirnilitaristas".
Cataluña fue el lugar donde alcanzó mayor amplitud la oposición al envío de marineros de reemplazo al Golfo Pérsico. Las familias catalanas de los jóvenes embarcados en las corbetas organizaron una coordinadora que se mostró muy activa en aquel momento. José Parra, miembro de dicha coordinadora, recuerda ahora que "corría el rumor de que nuestros teléfonos estaban pinchados, pero nunca tuvimos la certeza".
Por su parte, Marius Gamundi, titular del teléfono, se mostró ayer estupefacto al enterarse, a través de EL PAÍS, de que la Policía quiso intervenirlo. Gamundi, empleado de banca de 46 años, con domicilio en Hospitalet de Llobregat (Barcelona), asegura que no mantiene relación alguna con grupos pacifistas o antimilitaristas; y que ni él, ni su esposa, ni su hijo de diez años, lógicamente, únicos inquilinos del piso, efectuaron llamadas de ninguna clase a los familiares de los marineros.
Según la sentencia, el teléfono no llegó a intervenirse, pues el juez civil se inhibió en favor del militar, mientras que éste devolvió el caso a la jurisdicción ordinaria, alegando que no se trataba de una mera incitación a desertar, sino de un presunto delito de apología de la sedición, incluido en el Código Penal común. El Tribunal Supremo ha resuelto devolver las diligencias al juzgado de Hospitalet para que "siga investigando los hechos".
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