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CONSUMO

Justicia se inhibe ante las denuncias contra los notarios que forman 'trust'

Los ciudadanos que quieren hacer testamento o escriturar una vivienda en Madrid, Barcelona u otras grandes ciudades disfrutan del derecho a elegir notario, del que carecen, en cambio, los usuarios de notarías de ciudades más pequeñas, en las que, en ocasiones, todos los notarios se unen en un único despacho. Éste es el caso de Plasencia (Cáceres), en donde los dos notarios han constituido un trust notarial que, según los denunciantes, viola el principio de libre elección de notario por el público, pero que en la dirección general de los Registros y del Notariado, del Ministerio de Justicia, estiman "corriente en otros lugares de España y normal si está autorizado por el colegio notarial".Los denunciantes -que han pedido que no se revele su identidad- recuerdan que un decreto de 8 junio de 1984 estableció medidas para "asegurar el respeto al principio de libre elección de notario por el público", cuya infracción puede ser sancionada por el Tribunal de Defensa de la Competencia con multas a los notarios de hasta 150.000 pesetas. En las grandes ciudades, los despachos conjuntos de algunos notarios no afectan a la libre elección. En cambio, en las ciudades medianas, cuando todos sus notarios forman trust, los usuarios no pueden optar entre unos y otros fedatarios públicos.

Despacho único

En el caso de Plasencia, sus dos únicos notarios, Julián Clemente Alemán y Martín Alfonso Palomino Márquez, actúan en un mismo despacho, situado en la calle Alfonso VIII, número 11, y tienen un teléfono común, así como en las facturas que expenden se indica que pueden ser abonadas "mediante transferencia o ingreso en la cuenta a nombre de los señores notarios de la Caja de Plasencia". Comunicada esta denuncia al Ministerio de Justicia, el jefe del Servicio Notarial informó que la autorización de los acuerdos de uniones de despachos es competencia de las juntas directivas de los colegios notariales -y que el Ministerio de Justicia sólo puede corregir las irregularidades que puedan producirse "si contra la autorización de la junta directiva se presenta un recurso de alzada".El decreto prevé que "en ningún caso podrán las juntas directivas conceder autorización para que dos o más notarios tengan su despacho, separadamente, en un inismo edificio, o para poder actijar en un mismo local cuando lo pretendan todos los notarios de la población". El funcionario de Justicia señaló que "las autorizaciones no son inamovibles y las juntas directivas pueden revocarlas si existe denuncia". Sin embargo, los usuarios temen represalias y desean que la Administración actue de oficio en defensa de la libre elección decreto decretada por ella misma, ya que "es difícil", dijeron, "que las juntas directivas de los colegios notariales revoquen los acuerdos que benefician a sus colegiados".

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