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El tribunal rechaza las "quinielas" sobre el "caso Amedo"

José Antonio Jiménez Alfaro, presidente del tribunal que juzgó a los policías José Amedo y Michel Domínguez por los atentados perpetrados por los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL), calificó ayer de "elucubraciones y quinielas" las informaciones difundidas sobre el contenido de la sentencia, en torno al cual deliberaron ayer los tres magistrados de la sala y proseguirán hoy. El punto clave del fallo -la opción entre el asesinato y el homicidio frustrado en la calificación de los delitos más graves- se sabrá cuando se haga pública la sentencia la semana próxima.El presidente de la sala que juzgó a Amedo y Domínguez reconoció que existe un borrador de sentencia, elaborado por el ponente Agustín Pedro Lobejón Martínez, conocido sólo por los tres miembros de la sala y del que no se ha producido ninguna filtración. Jiménez Alfaro invocó el precedente del caso de la colza, juicio que también presidió, y aseguró que en el llamado caso Amedo tampoco se producirá ninguna filtración, sino que la sentencia se conocerá en lectura pública, si bien dio a entender que es fácil especular o apostar sobre su supuesto contenido.

El secretario de la sala, Joaquín Cassinello, insistió en el carácter especulativo de las informaciones sobre el fallo e informó sobre "el trámite regular" que está siguiendo este caso, cuya sentencia será leida en audiencia pública durante el mes de septiembre. Otras fuentes de la Audiencia Nacional informaron que la sentencia se hará pública hacia el 10 de septiembre, después de que su presidente Rafael Mendizábal regrese de sus vacaciones a Madrid, a fines de esta semana.

El letrado Gonzalo Casado, abogado de los policías Amedo y Domínguez, no quiso pronunciarse "por respeto al tribunal que está todavía deliberando", pero anunció que, si se produce la condena de sus defendidos "no dudaré en recurrir en casación al Tribunal Supremo", dijo. Sobre la opción del tribunal entre asesinato u homicidio frustrado -que podría conducir a condenas efectivas de más de 30 años, en el primer caso , o de 18 años en el segundo-, Casado contestó: "Sostengo que no hay inducción, porque no está probada, por lo que no puede hablarse de delito".

Preguntado sobre la solución técnica a la que tendría que llegar el tribunal en la hipótesis de que considerara probada la inducción de Amedo y Domínguez en los atentados perpetrados por los GAL, Casado señaló: "Sería un tema a estudiar". Respecto a las opiniones de 10 penalistas recogidasyor este periódico (veáse EL PAÍS del 29 de agosto último), Casado manifestó: "Es una cuestión muy elaborada científicamente, pero en la práctica no todas las opiniones coinciden, por muy relevantes que sean todas ellas, como los penalistas que las sostienen".

Durante el mes de agosto, en medios jurídicos trascendió la posibilidad de que el tribunal condenara a Amedo y Domínguez por homicidio frustrado, solución que permitiría que las penas a cumplir por ambos policías no excedieran de los 18 años, en aplicación de la regla 2ª del artículo 70 del Código Penal, según la cual el máximo de cumplimiento de la condena "no podrá exceder del triplo del tiempo que se le Impusiere por la más grave de las penas en que haya incurrido". En cambio, la condena por asesinato frustrado conduciría a un total de penas a cumplir que excedería del máximo previsto de 30 años de cárcel.

Los 10 penalistas -siete de ellos catedráticos de Derecho Penal- consultados por este periódico mantuvieron que si el tribunal estima probada la inducción de Amedo y Domínguez, técnicamente sólo puede condenarles por asesinato, y algunos de ellos calificaron la condena por homicidio como "jurídicamente disparatada" o "aberración juridica".

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