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LA ARMONIZACIÓN FISCAL EUROPEA

Directos al alza, indirectos a la baja

La fiscalidad está tomando en Europa derroteros muy distintos para los impuestos indirectos, para algunos impuestos directos y para las retenciones que gravan las rentas del capital.Mientras que para los impuestos indirectos los Doce acaban de acordar una armonización fiscal al alza en la que nadie podrá situarse a partir de 1993 por debajo de un tipo del 15% y se han acordado mínimos y máximos para los impuestos especiales, para los impuestos directos es muy previsible que la armonización que haga el mercado se oriente a la baja.

Así lo admite Michel Aujean, jefe de la división del IVA de la Comisión Europea, que añade que esta armonización a la baja se producirá por la competencia lógica del mercado.

La primera consecuencia de esta armonización será el recorte o la eliminación de las retenciones sobre las rentas del capital. André Autrand, responsable del gabinete de la comisarla de fiscalidad Christiane Scrivener apuesta por una retención única y liberatoria del 10%, lo que su pone una baja radical sobre la actual retención del 25% que se practica en España.

Fusiones y dividendos

Donde sí hay acuerdo pleno entre los Doce es en dos cuestiones que afectan a la fiscalidad de la empresas multinacionales. La primera es la supresión de la doble imposición en las fusiones, absorciones y canjes accionarla les entre empresas domiciliadas en la Comunidad. Sobre las fusiones, ya hay un acuerdo que empezará a regir el 1 de enero de 1992, dentro de seis meses.

La segunda cuestión acordada para primeros del 92 es la de terminación del régimen fiscal entre filiales y matrices. Autrand recuerda que en seis meses estará en vigor el acuerdo de no practicar retención a los dividendos entregados por las filiales a la casas madre.

Un tercer punto de acuerdo es el llamado convenio de arbitraje Tanto el jefe del gabinete de la comisaria Scrivener como el fiscalista Josep Santacana creen que éste es un tema importante que permitirá a las sociedades evitar la doble imposición sometiéndose a la decisión de un tribunal.

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