Más vale prevenir que curar
En la política ambiental, como en la política sanitaria, se ha llegado al acuerdo unánime de que "más vale prevenir que curar". Lo que ocurre es que las políticas preventivas, en muchos cabos, no pueden sustituir a las políticas correctoras. Los estragos ecológicos producidos por los periodos más desarrollistas de crecimiento económico obligan a emplear diversos mecanismos de restauración paisajística y de recuperación y rehabilitación de ecosistemas muy maltratados.En cualquier caso, el reto ecológico, que es un reto de presente y de futuro, exige una respuesta basada en estrategias preventivas capaces de evitar la repetición de los deterioros ambientales que han venido sucediéndose en el inmediato pasado.
Los documentos teóricos de medio ambiente, así como las legislaciones de los países del mundo más, desarrollados, reconocen la oportunidad y la conveniencia de las políticas preventivas.
Desde hace algunos años, las metodologías de prevención ecológica han cristalizado y se han concretado en el procedimiento normalizado de evaluación de impacto ambiental como un sistema de análisis para la estimación del efecto de una determinada actividad sobre el medio ambiente.
La evaluación de impacto ambiental intenta predecir las posibles consecuencias de cualquier intervención territorial para poner remedio previo a sus posibles efectos negativos sobre los ecosistemas. El análisis de los efectos de un proyecto sobre el medio se realiza por medio de un estudio de impacto ambiental, que debe ser redactado por el propio redactor del proyecto sustantivo, asesorado, naturalmente, por técnicos y especialistas en la materia.
Dicho estudio está sometido a un procedimiento administrativo cuya tramitación corre a cargo de la Administración ambiental competente en cada caso, y en la que están previstos determinados cauces de participación pública. Para que el proyecto en cuestión pueda ser aprobado y realizado es indispensable la autorización de la Administracón a través de una declaración positiva de impacto ambiental, que es el documento público que, en todo caso, fija las condiciones de proteccióri ecológicá que debe cumplir el proyecto.
En realidad, la evaluación de impacto ambiental se basa en cuatro características esenciales que la definen y cuya permanente revisión está permitiendo la evolución metodológica y el progreso científico y técnico del procedimiento. Estas cuatro características son: su propio carácter preventivo, la garantía de la participación pública, el uso de metodologías abiertas y flexibles y la existencia de un plan .de vigilancia que controle el cumplimiento de las exigencias, ambientales determinadas por el texto de la declaración de impacto-
Para. potenciar el carácter esencialmente preventivo de las -evaluaciones es siempre deseable que el procedimiento se inicie cuanto antes-para que puedan incorporarse sus criterios de protección ambiental en la fase más inicial de la toma de decisiones.
Por este motivo, la Comisión de las Comunidades Europeas, en marzo de 1990, presentó una primera propuesta de directiva sobre la necesidad de someter a evaluación de impacto ambiental no sólo los proyectos concretos de transformación territorial, sino las políticas, planes y programas que los amparan, tratando de inaugurar una nueva metodología de más capacidad previsora, que se denomina evaluación estratégica ambiental.
Esta estrategia debe contribuir a alcanzar el objetivo de que los problemas ambientales sean tenidos en cuenta en el propio proceso de elaboración de planes, de políticas y de programas. En muchos casos, la evaluación de los proyectos llega demasiado tarde, cuando las principales alternativas de mayor interés ambiental han sido ya tomadas y no pueden rectificarse. Con esta revisión del procedimiento, y con el adelanto de su inicio, se trata de evitar cualquier restricción al fundamental significado preventivo de la evaluación ambiental.
La segunda característica esencial del piocedirriíento, es la participación pública. En este sentido, la reglamentación. española amplía las posibilidades de ejercerla con eficacia, ya que no se limita a establecer simplemente un periodo preceptivo de información pública, sino que previamente, y con el fin de promover la colaboración ciudadana en el establecimiento de las garantías ambientales del proyecto, y también para orientar a los técnicos y expertos que van a redactar el estudio de impacto ambiental sobre los temas más sensibles y conflictivos que deben analizar con más cuidado y detalle, se establece un plazo voluntario de consultas en el que se recaba la opinión de las personas, colectivos e instituciones más interesadas y afectadas.
Una tercera característica de la evaluación de impacto ambiental se refiere a su propia metodología científica de análisis. Si dicha evaluación hay que entenderla como un sistema preventivo de ordenación territorial que tiene que garantizar una explotación económica racional de los espacios y una articulación funcional de los territorios y de las regiones, respetando al mismo tiempo la dinámica y la estructura de los ecosistemas naturales y promocionando la calidad ambiental, el sistema predictivo debe basarse en metodologías de análisis, abiertas y flexibles que sean, por tanto, capaces de valorar las peculiaridades y las particularidades ecológicas -siempre diversas- de cada territorio concreto. Las metodologías que no sirven son aquellas que son fijas y cerradas, o que se fundamentan exclusivamente en formulismos matemáticos o en meros cálculos cuantitativos, que pueden ser muy precisos y hasta muy cómodos de aplicar, pero que imponen sus criterios rígidos a la realidad diversa del territorio en vez de dejase influir por el carácter distinto y cambiante de cada espacio.
Por fin, la cuarta característica sobresaliente de la evaluación de impacto ambiental es la existencia de un plan de vigilancia y control que garantice el cumplimiento exacto de las determinaciones ecológicas que se han incorporado al proyecto.
Si en el inicio del procedimiento hay que garantizar la evaluación de alternativas posibles en las fases previas a la elaboración de los proyectos -en las fases de planificación- para poder introducir eficazmente las garantías preventivas de protección ambiental, de la misma forma, para que el con.trol sea preciso, absoluto y completo a lo largo de todas las fases del procedimiento, una vez publicada la declaración de impacto ambiental hay que arbitrar funcionalmente los mecanismos previstos en la normativa para vigilar la calidad ecológica, de la ejecución del proyecto y su resultado final, y hasta su primera explotación, con el fin de que se asegure eficíazmente el cumplimiento real de las prescripciones contenidas en dicha declaración.
Con este control, con su aplicación rigurosa y eficiente, se pueden evitaí muchas de las críticas que acusan a la evaluación de impacto ambiental de ser un mero formulismo burocrático que sólo pretende mejorar públicamente la imagen de determinados proyectos de obra pública especialmente agresivos y particu.larmente depredadores de los ecosistemas naturáles.
Realmente, si somos capaces de garantizar una evaluación ecológica de alternativas en las fases iniciales del diseño y de la planificación, si somos capaces de respetar las opiniones de los ciudadanos y de sus representantes en las consultas previas y en la información pública, si les comprometemos en el proyecto y en su ejecución para defender las garantías ambientales, si utilizamos una metodología científica y técnica interdisciplinar y respetuosa con la complejidad real de cada proyecto, si no bajamos la guardia cuando la obra se está ejecutando o en explotación, cumpliendo un plan de vigilancia y control realista y eficiente... Si cumplimos todas estas condiciones, estaremos en disposición de aplicar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental correctamente, como garantía de que la modernización de España y su progreso económico se están realizando de fórma respetuosa con el medio ambiente.
De esta forma, entre, todos, estaremos siendo capaces también de ensayar, de inaugurar la puesta en marcha de un modelo de desarrollo económico integrado y sostenible ecológicamente, que respete las virtualidades ambientales del espacio, que lo ordene racionalmente para convertirlo en territorio humano, sin necesidad de recurrir a agresiones gratuitas que sólo producen aparentes beneficios en el corto plazo e hipotecan de forma irreversible el medio y el largo plazo. Estaremos recurriendo a visiones realistas de futuro que actúan sobre el espacio con criterios de solidaridad social y de solidaridad interterritorial para haceicoincidir en el nuevo modelo la rentabilidad económica con la rentabilidad ecológica.
Al mismo tiempo, como resultado automático de esta coincidencia, se iría resolviendo la actual conflictividad social que enfrenta políticamente las infraestructuras con la defensa del medio ambiente. Una aplicación práctica, metodológicamente correcta, del procedimiento de evaluación de impacto ambiental puede lograr estos objetivos, que hoy parecen difíciles y lejanos.
Domingo Ferreiro Picado es secretario general de Medio Ambiente.
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