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El tribunal del 'caso Blasco' aplaza la vista oral a petición del fiscal

El fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia valenciano, Enrique Beltrán, solicitó ayer al tribunal del caso Blasco el aplazamiento de la vista oral para defender la legalidad de las escuchas telefónicas realizadas en el caso. Los magistrados aceptaron la propuesta y suspendieron el juicio hasta esta mañana. Desde el lunes, día que comenzó la vista oral, los abogados defensores han solicitado la nulidad del proceso al considerar que la obtención de las grabaciones, principal prueba del ministerio público, vulnera los derechos fundamentales de la persona.Los seis acusados -Rafael Blasco, ex consejero de Obras Públicas; Jacques Lacroix, empresario francés; Juan Manuel Chuliá, aparejador; José Antonio de Juan, arquitecto; Juan José Esturi, ex gerente del Instituto Valenciano de la Vivienda (IVV), e Inmaculada Sancho, funcionaria de la Consejería de Obras Públicas- se encontraban ayer visiblemente más relajados.

Durante la sesión de ayer Francisco Zaragozá, defensor de Jacques Lacroix, insistió en la ilegalidad de las grabaciones. "Todos estamos obligados a cumplir con las reglas del juego", explicó el letrado. Zaragozá se quejó de lo que calificó como "lamentable juicio paralelo de la prensa", refiriéndose a las informaciones aparecidas sobre el caso.

Sobreseimiento de Esturi

Adolfo Vanaclocha, defensor de Juan José Esturi, solicitó que su cliente fuera apartado de la causa. Según explicó Vanaclocha, Esturi fue despedido del IVV el 12 de enero de 1990 por promover la venta de unos terrenos en Paterna sin autorización del consejo de administración. El Juzgado de lo Social número 4 de Valencia dictó el 28 de junio una sentencia en la que consideró que el despido era improcedente porque Esturi estaba capacitado para enajenar terrenos sin contar con el consejo.

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Precisamente, las presuntas irregularidades en la subasta de esos terrenos de la localidad de Paterna originó la querella presentada por el fiscal Beltrán, que ha derivado en el juicio que ahora se celebra.

Vanaclocha también explicó que Esturi tenía, como gerente del IVV, un contrato laboral por lo que no podía ser considerado funcionario y subrayó el hecho de que el IVV fuera una sociedad anónima.

El delito de cohecho del que es acusado Juan José Esturi sólo lo pueden cometer funcionarios públicos, según establece el Código Penal.

El aplazamiento solicitado por el fiscal cogió por sorpresa a algunos de los letrados de la defensa, que esperaban que Beltrán procediese ayer a defender sus tesis y que el tribunal decidiera también ayer la nulidad o no de las grabaciones.

Lo más probable es que Enrique Beltrán agote la sesión de hoy para justificar la legalidad de las grabaciones telefónicas para que éstas sean admitidas como prueba de la acusación.

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