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El anteproyecto sobre archivos de datos sensibles contradice la directiva de la CE

La Comunidad Europea (CE) proyecta implantar una protección de la intimidad personal y unas garantías para los afectados muy superiores a las del anteproyecto español para regular el tratamiento automatizado de datos de carácter privado. Las dos directivas comunitarias en fase de discusión -una sobre archivos manuales o informáticos y otra sobre redes digitales de telecomunicación, en la que se incluye los teléfonos instalados en automóviles- tendrán que ser aplicadas obligatoriamente en España una vez aprobadas por los Doce.

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El proyecto de la CE referente al tratamiento de datos personales tiene por objetivo "garantizar un alto nivel de protección", según la explicación de motivos de la Comisión Europea. La nueva norma regulará el uso de los ficheros informáticos y manuales tanto públicos como privados. La circulación de datos personales es necesaria para el buen funcionamiento del mercado único, "siempre que se efectúe con respeto de los derechos del interesado" y que la armonización de normas se haga sin merma del nivel de protección ya garantizado en cualquier Estado miembro. Esta preocupación de la Comisión explica que el modelo elegido para la directiva sea el de la legislación en vigor en Alemánia , la más proteccionista de los derechos del ciudadano.El artículo 17 del proyecto prohibe, "salvo acuerdo libre, expreso y escrito del interesado, el tratamiento automatizado de datos que revelen el origen racial y étnico, la opinión política, las convicciones religiosas o filosóficas, las afiliaciones sindicales, así como las informaciones relacionadas con la salud y la vida sexual". Sólo por "motivos importantes de interés público" los Estados miembros podrán establecer excepciones.

El interesado tiene que ser informado y dar su consentimiento de los fines perseguidos y del tipo de datos que se recaban, del nombre y la dirección del responsable del fichero. El consentimiento puede ser revocado en todo momento, pero "sin efectos retroactivos" para no convertir en ilegal una actividad que antes lo era.

Las personas afectadas tienen derecho a oponerse por razones legítimas a que los datos personales que les conciernen sean objeto de tratamiento y a "no someterse a ninguna decisión administrativa o privada que implique una apreciación de su comportamiento fundada en un tratamiento automatizado que dé una definición de su perfil o personalidad. Asimismo, pueden exigir el acceso a los ficheros para la comprobación y la rectificación de los datos.

Sin embargo, los Estados miembros podrán limitar ese derecho de acceso y rectificación por razones de seguridad del Estado, intereses de defensa nacional, actuaciones penales, seguridad pública, un interés económico y financiero imperativo, la necesidad de la autoridad pública de ejercer funciones de control o de inspección o por la defensa de derechos y libertades de terceros. Estas excepciones del artículo 15, advierte la Comisión, "han de venir determinadas por la necesidad de salvaguardar los valores fundamentales de una sociedad democrática y tienen que adoptarse por ley".

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Los medios de comunicación pueden ser objeto de un tratamiento excepcional, según el artículo 19 del proyecto de directiva, si éste es necesario "para conciliar el derecho a la intimidad con las normas que rigen la libertad de información y prensa".

"El Gobierno debería esperar a la aprobación de las directivas de la CE para luego adaptarse a las exigencias comunitarias y no verse obligado a anular las disposiciones que vayan en contra", afirma Manuel García Amigo, miembro de la Comisión Jurídica del Parlamento Europeo. La Comisión Jurídica aprobará la próxima semana los dos proyectos de directiva -ficheros de datos personales y redes digitales en primera lectura. Los proyectos pasarán luego a votación en el Pleno de la Eurocámara y a discusión en el Consejo de Ministros de la CE.

Cinco Estados de la CE (España, Italia, Bélgica, Portugal y Grecia) carecen aún de legislación interna en la materia. En el resto las normas nacionales en vigor "adoptan soluciones diferentes" y "la falta de legislación nacional específica o sus lagunas no están en consonancia con la importancia que la Comunidad concede al respeto de los derechos fundamentales".

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