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La Comisión acepta dos propuestas para evitar la doble imposicion de las empresas

F. M., En el mercado único de 1993 las empresas europeas funcionarán sin fronteras fiscales y desaparecerá la doble imposición que sufren las empresas filiales instaladas en un país de la CE diferente al de la sociedad matriz.

Para asegurar este objetivo, la Comisión Europea aprobó ayer dos proyectos de directivas. La primera eliminará las retenciones de impuestos a las filiales por pagos de intereses y cánones en concepto de inversiones de capital o royalties. La segunda admite deducir automáticamente las pérdidas de una filial a la hora de valorar los impuestos por beneficios globales del grupo.

El objetivo de la Comisión Europea es que estas dos normas puedan ser aprobadas a lo largo de 1991 para que puedan entraren vigor el 1 de enero del año 1993.

Según la comisaria Christiane Scrivener, responsable de la política fiscal de la Comunidad, "hay que evitar por todos los medios que las empresas que trabajan en dos o más países de la CE sean penalizadas por razones fiscales y se encuentren así en desventaja con respecto a las empresas cuya actividad se limita al territorio nacional". Los tratados bilaterales contra la doble imposición reducen esa discriminación, pero no la eliminan. España tiene suscritos acuerdos con todos los países de la CE, salvo con Irlanda.

La ventaja es que en lugar del 25% de retención en la fuente sobre beneficios e intereses, la cuota se ve reducida de forma variable a entre el 15% y el 10%.

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