Las rentas del trabajo en el nuevo ímpuesto
La reforma del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) debe implicar, según el autor, la rápida eliminación del fraude. Las diferentes fuentes de renta deben aportar según su participación real en la economía. Y para eliminar el fraude es fundamental la constitución de una administración tributaria fuerte y eficaz.
Un sistema fiscal tiene que cumplir con dos requisitos fundamentales. En primer lugar, que sea justo, es decir, que paguen todos y que lo haga en mayor medida quien más renta obtenga, y segundo, que garantice el principio de "suficiencia del Estado", de modo que le provea de los recursos necesarios para que pueda desarrollar los programas de gasto dirigidos a cubrir los servicios sociales, que, en último término, son la mejor medida del desarrollo de un país. Para lograr este objetivo se dispone de dos tipos diferentes de impuestos: los directos o indirectos. El Gobierno ha presentado los anteproyectos de ley para modificar dos de las figuras impositivas directas más importantes: el impuesto sobre la renta de las personas fisicas (IRPF) y el de patrimonio.En lo que se refiere al IRPF no se puede olvidar la situación de partida, en la que las rentas del trabajo aportaban en 1987 el 73% de la base imponible, siendo probable que en 1988, con las modificaciones introducidas a partir de la sentencia del Tribunal Constitucional, el porcentaje se haya elevado. Era lógico pensar que cualquier reforma debería mejorar la tributación de esta fuente de renta, que debido a ser la única fácilmente controlada, aporta en una mayor medida a su retribución real como factor en el proceso económico. El resultado no ha sido el esperado, la única mejora se celitra en el incremento de un punto (2% al 3%) de los gastos de dificil justificación y un aumento reducido en la deducción en cuota (24.000 a 25.000 pesetas) que prácticamente equivale al porcentaje resultante a deflactar la existente en 1990 con el índice de precios al consumo (IPC) de este año, es decir, el proceso-que se sigue normalmente todos los ejercicios.
Rentas de capital
Por contra, el resto de las rentas en las que, como por todos es conocido, se sitúa el mayor nivel de fraude, salen claramente beneficiadas con la reforma. Al splitting de hecho para las rentas de capital, introducido en la anterior modificación, hay que añadir ahora un tratamiento más favorable de las plusvalías, mientras que las posibles modificaciones del régimen de estimación objetiva para los empresarios y profesionales se demora de momento, y sin que exista ninguna garantía de cumplimiento, hasta 1992. Todo parece apuntar que la reforma premia el fraude, utilizando el planteamiento basado en que ante la imposibilidad de control es necesario eximir de tributación.
Del análisis de la doble tarifa para 1991 se deduce que se produce una minoración de la presión fiscal para las familias con una sola renta. Pero hay que precisar que esta disminución se extiende a todos los tipos de rentas, incluidas las distintas a las del trabajo, y que es superior para las rentas más altas.
Si es conocido el fraude en las rentas no salariales, y se aplaza la reforma del régimen de estimación objetiva hasta 1992, parece más acertado pensar que, hasta esa fecha y con el mismo coste, las modificaciones se debieran haber centrado en la disminución de la presión exclusivarnente para las rentas del trabajo -especialmente en los tramos inferiores a 2,5 millones-, tal como se reflejaba en la propuesta hecha pública por los sindicatos, y que fue presentada ante el Ministerio de Hacienda.
Al unísono se presenta una tarifa objetivo para 1993 (tarifa IV del Libro Blanco) en la que se produce una importante reducción de los tipos marginales más elevados (56% a 56%)junto a una menor progresividad en la escala, lo que a la postre significaría una mayor minoración de la recaudación que beneficiará, sobre todo, a las rentas más elevadas.
Por otro lado, la modificación de cualquier figura impositiva hay que situarla en el marco global del sistema fiscal. Un sistema fiscal progresista tiene que basarse en la preponderancia de los impuestos directos frente a los indirectos. Es importante recordar esta premisa en un momento en que, previamente a la armonización fiscal comunitaria, recorren Europa ideas conservadoras basadas en la primacía de los impuestos indirectos (consumo) frente a los directos (renta), planteamiento que perjudica claramente a las rentas más bajas que dedican un mayor porcentaje de su renta al consumo.
Los contactos, estrictamente informativos, mantenidos por los sindicatos con los responsables de Hacienda, hay que calificarlos como inútiles. El Gobierno no ha tenido la sensibilidad social suficiente para aplicar una reforma del IRPF verdaderamente progresista, y se ha hecho eco, en mayor medida, de los defensores de modelos neoliberales que potencian la desregulación del sistema y el vaciado de contenido del Estado del bienestar.
Desde nuestro punto de vista, el fraude es una de las principales lacras del sistema fiscal español. Por ello, no se pueden efectuar reformas en el IRPF que no impliquen su rápida eliminación, de manera que las diferentes fuentes de renta aporten según su participación real en la economía. Para eliminar el fraude es elemento fundamental la constitución de una administración tributaria fuerte y eficaz. Este planteamiento no se ha llevado a cabo hasta la fecha debido a una falta de voluntad política por parte del Gobierno para luchar en profundidad contra él.
Concluyendo, mientras se consiguen las condiciones reales que puedan articular un nuevo IPRF más justo, desde CC OO se propone la aplicación de las medidas encaminadas a solucionar la desproporcionada aportación al impuesto de las rentas salariales, concretadas en el aumento de los gastos deficitarios hasta el 10% con un límite de 250.000 pesetas, y situar la deducción en cuota para este tipo de rentas en 50.000 pesetas.
es economista del Gabinete Técnico de la Confederación Sindical de CC OO.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.