Con Su Graciosa Majestad
A los problemas que sufre la flota de altura ondarresa se ha añadido desde hace más de un año el amarre forzoso de 13 buques que habían tratado de buscar una solución bajo el pabellón británico.Tras la integración en la CE, algunos armadores vascos vieron una posibilidad de sortear las trabas acogiéndose a una normativa comunitaria que permitía la exportación de buques conservando el derecho de pesca. El país elegido fue el Reino Unido, puesto que no todos los miembros de la CE permitían esta operación. La experiencia resultó beneficiosa hasta que los británicos vieron que no sacaban ningún rendimiento: la tripulación se daba de alta en su país de origen, el mismo don de el armador pagaba sus impuestos. El Reino Unido exigió entonces, en contra del derecho comunitario, un capital mayoritariamente británico a las empresas armadoras que faenasen bajo su pabellón. La medida obligó al amarre de los buques. El nuevo requisito británico ha sido suspendido cautelarmente por el Tribunal de Luxemburgo pero era ya tarde para que los buques llegasen al reparto anual de licencias.
Archivado En
- Política pesquera
- Puertos pesqueros
- Acuicultura
- Tribunal Justicia Unión Europea
- Puertos
- Bizkaia
- Adjudicación contratos
- Pesca
- Tribunales
- Reino Unido
- Contratos administrativos
- Sentencias
- País Vasco
- Sanciones
- Poder judicial
- Transporte marítimo
- Europa occidental
- Derecho administrativo
- Ayuntamientos
- Política exterior
- Juicios
- Unión Europea
- Urbanismo
- Agroalimentación
- Proceso judicial


























































