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EMIGRANTES EN LA C. E.

Acceso a la nacionalidad tras cinco años de residencia

La concesión de la nacionalidad a los inmigrados extranjeros tras cinco años de residencia continuada en el país es una de las peticiones que el Parlamento Europeo plantea a los Estados de la CE. El informe Ford fue aprobado el pasado 17 de julio -por 10 votos a favor uno en contra y una abstención- en el seno de la Comisión de Investigación sobre el' Racismo y la Xenofobia del Parlamento Europeo. La resolucíón será elevada al pleno de la Eurocámara en el debate que se celebrará el próximo 12 de septiembre.El proyecto pide la elaboracion de una carta de los residentes europeos, que permita a los inmigrados no comunitarios en situación legal el derecho a circular libremente por todos los países de la CE, una vez que las fronteras interiores desaparezcan con el mercado único de 1993. Se trata de eliminar la discriminación que los Doce plantean para los ciudadanos no comunitarios.Facilitar la nacionalidadLa resolución del eurodiputado Glyn Ford propone además facilitar el acceso a la nacionalidad del país de acogida, de forma que cinco años de residencia basten para tener derecho a ella.

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Esta medida debe acompañarse con la posibilidad de que el inmigrado conserve su nacionalidad de origen a título pasivo, puesto que su pérdida origina en muchos casos -por ejemplo, a los turcos- problemas en materia de herencia y propiedad. La petición exige además que toda persona nacida en un país de la CE tenga esa nacionalidad.

La adquisición de nacionalidad en el país de acogida está sometida a condiciones díferentes dentro de la CE, según un informe de la Comisión Europea.

Por ejemplo, en España son necesarios 10 años de residencia continuada, aunque ese plazo se reduce a dos años para los latinoamericanos, andorranos, filipinos y guineanos. En Alemania y en Portugal la concesión de la nacionalidad es objeto de una decisión discrecional de las autoridades, y los hijos de extranjero nacidos en un país son considerados nacionales del mismo en Irlanda, Dinamarca y Portugal. En Grecia el matrimonio no da derecho de nacionalidad, y en el Reino Unido la "norma del fin principal" exige al cónyuge extranjero demostrar que el objetivo de su boda no era conseguir entrar en el país para obtener la residencia. Como norma general, el divorcio, la separación o la muerte del cónyuge hacen perder la condición de residente. También el paro en algunos países como España.

Los puntos más conflictivos del proyecto parlamentario son el acceso a la función pública para los extranjeros que hayan residido en el país después de "un periodo suficiente" y el derecho de voto, al menos en las elecciones locales.

El informe del Parlamento Europeo recomienda a los Estados de la CE la adopción de leyes antidiscriminatorias y la persecución de los actos racistas. Hasta el momento el racismo y la xenofobia encuentran el campo abonado en legislaciones permisivas y en la comprensión de los jueces y su resistencia a admitir motivaciones de este tipo en los crímenes perpetrados contra extranjeros. La lista de casos es sobrecogedora, y "con frecuencia las penas impuestas o las medidas adoptadas contra los asesinos han sido tan suaves que los inmigrados han tenido el sentimiento de que no hay justicia para ellos", afirma el texto de Ford.

Cuando existen leyes antirracistas, éstas no demuestran su eficacia a favor de los res¡dentes extranjeros. La ley adoptada en Bélgica en 1981 no se ha traducido en sentencias más que en raras ocasiones. De las 83 denuncias presentadas en 1988, 70 no fueron admitidas a trámite, y la única condena dictada fue contra un norteafricano que había tratado de racista a un político. Un ministro del Interior belga calificó impunemente de "bárbaros" a los inmigrados. En la RFA, a pesar de un aumento inquietante de las agresiones racistas en los últimos cuatro años, "existe una reticencia parecida por parte de los tribunales y de la policía a la hora de perseguir los actos de violencia racista". Los dos asesinos de un iraní que había solicitado asilo fueron condenados el pasado año a 18 meses de prisión con libertad condicional. El tribunal entendió que se había tratado de "un trágico accidente".Un caso españolEn España, sin embargo, el Tribunal Supremo rechazó el 13 de febrero de 1988 un recurso del Ayuntamiento de Madrid contra una sentencia en la que se le condenaba por continuas prácticas de racismo contra los gitanos.

El proyecto de resolución reclama también que se ponga en marcha el Foro de los Migrantes solicitado en 1986. "El Parlamento Europeo ha aprobado debidamente los fondos necesarios en los presupuestos sucesivos, pero la Comisión ha gastado aparentemente todos esos créditos en la realización de estudios preparatorios". Condena además que los Doce marginen a las instituciones comunitarias de los debates sobre inmigración que lleva a cabo el llarndo Grupo de Rodas y los proyectos sobre política de visados y control de extranjeros que elaboran los ministerios de Interior y de Justicia en el Grupo de Trevi. Ambos organismos forman parte de la política de cooperación, pero están fuera de la esfera de competencias de la CE.

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