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EL LIBRO BLANCO DE LA REFOMA DE LA RENTA Y EL PATRIMONIO

Mayor corresponsabilidad fiscal en el futuro sistema de financiación autonómica

Aunque la reforma del actual sistema de financiación autonómica es un debate paralelo al de la nueva ley del IRPF, el libro blanco dedica un anexo a analizar algunos aspectos de la actual normativa autonómica, con objeto de que el nuevo IRPF deje una puerta abierta a la participación de las comunidades en este impuesto. En síntesis, el documento aboga por una mayor corresponsabilidad fiscal de las comunidades autónomas, descarta la vía del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en favor de la del IRPF para alcanzar este objetivo, defiende la gestión del impuesto a partir de una adminstración tributaria unitaria y critica algunos aspectos del actual sistema de financiación autonómica.Las variantes ofrecidas para alcanzar esta corresponsabilidad fiscal a través del IRPF son muy similares a las sugeridas por el documento presentado en mayo por, el PSC-PSOE ante la Comisión Mixta de Valoraciones Estado-Generalitat.

Las hipótesis del Libro Blanco son: a) El establecimiento de un recargo autonómico sobre la cuota líquida resultante del impuesto estatal. b) El establecimiento de una tarifa autonómica adicional a la tarifa estatal del Impuesto de la Renta.

El recargo consiste en dividir el IRPF en dos segmentos concretos de la cuota líquida de cada comunidad, de manera que uno de los segmentos sea para el Estado y el otro para las comunidades. La división porcentual, según la estimación de algunos expertos, sería la de un 80% para el Estado y el 20% para las comunidades (en el caso de las del artículo 151), aunque el Libro Blanco no llega a concretar este aspecto. La tarifa autonómica parte del mismo sistema que el recargo, pero con la posibilidad de que la parte correspondiente a las comunidades quede al albur de la decisión de estas, que podrían mantenerla igual, elevarla o disminuirla, en función de sus necesidades de financiación.

Arranque neutral

Para poner en marcha esta fórmula sin que implique necesariamente un aumento de la presión fiscal estatal en las comunidades y tenga efectos neutrales tanto en los ingresos de las comunidades como en los del Estado, el Libro Blanco propone el siguiente sistema: 1) Atribución a las Haciendas autónomas de un porcentaje X de la cuota líquida de cada contribuyente con residencia en su territorio. 2) Disminución de las transferencias del Estado a cada comunidad autónoma por el importe estimado, en base a un ejercicio ya liquidado, de esta proporción X de la recaudación del IRPF en su territorio. 3) Atribuir a las Comunidades Autónomas las posibilidades de variar este porcentaje X, incrementándolo o disminuyéndolo, entre determinados márgenes X+Y, de forma que aumente o disminuya la cuantía de la cuota líquida que se atribuye a la Hacienda Autónoma sin que ello modifique la estabilidad financiera de la Hacienda Estatal.El anexo sobre financiación autonómica plantea diversas críticas al actual sistema. Hacienda lamenta, por ejemplo, que las comunidades autónomas no hayan aprovechado las oportunidades contempladas en la LOFCA (Ley Orgánica para la Financiación de las Comunidades Autónomas) para que las comunidades fijen un recargo sobre el IRPF -sólo lo intentó la Comunidad de Madrid, y se vio obligada a paralizar el proyecto por las protestas suscitadas-; la ausencia de relación entre la participación de las comunidades en los ingresos del Estado y la recaudación obtenida por el Estado en cada comunidad; la dependencia del crecimiento de los ingresos autonómicos no sobre la evolución global de la recaudación obtenida a través de la imposición, sino del crecimiento del gasto equivalente del Estado, de tal forma que las comunidades no sienten la necesidad de fomentar las recaudaciones tributarias. El documento critica también que "la actividad gestora de algunas comunidades en la correcta aplicación de los tributos cedidos no ha sido la adecuada en aquellos casos conflictivos que se han presentado", y menciona explícitamente la actitud de la Generalitat en el caso de las primas únicas.

Esta información ha sido elaborada por Concha Martín, Pilar Marcos y Walter Oppenheimer.

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