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El Constitucional incluye el corte pacífico del tráfico en el derecho de manifestación

El corte pacífico del tráfico forma parte del derecho fundamental de "reunión pacífica y de manifestación", según una sentencia del Tribunal Constitucional. El alto tribunal anula el fallo del Supremo que condenó a siete meses de cárcel a cuatro participantes en una manifestación celebrada en 1984 en Manzanilla (Huelva), convocada por la Federación Estatal del Campo de Comisiones Obreras. La sentencia del Constitucional, de la que ha sido ponente Vicente Gimeno Sendra, recuerda que el Supremo declaró probado que no intervino la Guardia Civil y que a quienes arguyeron razones de urgencia se les dejó pasar. El alto tribunal señala que "la exclusiva invocación del derecho a la libertad de circulación" no puede impedir el derecho de manifestación.

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