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Hacienda tampoco contemplará desgravaciones por alquiler de viviendas en la renta de 1990

En las declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas de este año, va a ser casi imposible que puedan aplicar desgravaciones los afectados por el régimen de viviendas en alquiler, según el ministro de Obras Públicas y Urbanismo, Javier Saénz Cosculluela, ya que sería muy precipitada su inclusión en la ley de Presupuestos que se está debatiendo actualmente. Esta era una de las propuestas electorales del PSOE.El responsable del MOPU presentó ayer un informe, elaborado por su departamento, sobre la situación de la viviendas de alquiler en España cuyo número total asciende a 1.371.259, de las que únicamente el 1% (18.759) tienen una renta superior a las 50.000 pesetas. En contraste con los países de nuestro entorno, solamente están ocupadas en régimen de alquiler el 11,7% del parque total de viviendas, mientras que en Francia es el 38%, en la RDA el 58% y en el Reino Unido el 37%. Para Javier Saénz Cosculluela, responsable de este departamento, "en términos sociológicos no existe mercado arrendatario en España".

Este sistema de acceso al disfrute de una vivienda ha disminuido notablemente en España desde 1970, en que representaba el 30%, del parque total. Junto a estas cifras hay que destacar también que España es el país de la Comunidad Europea con el mayor número de viviendas en propiedad.

Según la encuesta del MOPU, elaborada en principio con los datos facilitados por el Instituto Nacional de Estadística, el promedio nacional de la renta mensual que se paga en estas viviendas es de 10.879 pesetas (12.098 en viviendas libres), cifra que llama la atención por lo baja y que el propio ministerio se apresura a comentar en el informe presentado, ayer a los medios de comunicación reconociendo que "puede resultar difícil de aceptar para quien hoy pretenda alquilar un piso en alguna de nuestras grandes ciudades."

Una de las distinciones más importantes que se han estudiado en el informe es el reparto en función de la fecha de contratación del alquiler, habida cuenta de las distintas normativas que se aplican en cada período.

'Decreto Boyer'Con contratos anteriores a la legislación de 1964 existen 350.267 viviendas. 710.749 viviendas se contrataron según la ley de Arrendamientos Urbanos promulgada ese año y 304.798 se han contratado con aplicación del denominado "decreto Boyer" aparecido en 1985, con el que se liberalizaba el sector.En el tramo de las rentas más antiguas, el 76% tienen un alquiler medio de 4.228 pesetas, en el segundo tramo, (entre 1964 y 1985), la renta media del 41% de las mismas es de 9.983 pesetas y en el período más reciente la renta media sube a 20.346 pesetas.

Dentro de este último tramo, el Ministerio de Obras Públicas destaca también el hecho de que únicamente 137.000 de los 304.000 contratos firmados en el marco jurídico del "decreto Boyer", se hayan acogido al derecho de los arrendadores de no prorrogar forzosamente los plazos de alquiler. En cuanto a los plazos acordados con esta normativa, el 1,5% tienen una vigencia inferior a los seis meses, el 63,5% abarcan un plazo de seis meses a un año y el 35% es superior a un año.

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