_
_
_
_

Unos 30 expedientes por delito fiscal están a la espera de que Hacienda aclare qué norma debe aplicarse

El régimen transitorio de la ley de renta y patrimonio, aprobada en julio de este año, presenta problemas para su aplicación en el ámbito del delito fiscal en el impuesto sobre La renta. El Ministerio de Hacienda estudia diferentes alternativas para no vulnerar el principio de irretroactividad de las leyes penales. Entre tanto, unos 30 expedientes de delito fiscal se encuentran a la espera de que los servicios técnicos del ministerio aclaren en base a qué norma -la antigua ley de renta o la nueva- deben revisarse los informes para que puedan ser remitidos al fiscal del Estado y éste presente nuevas querellas ante los tribunales.

El Código Penal establece que "no será castigado ningún delito ni falta con pena que no se halle establecida por ley anterior a su perpretación". Y matiza que "las leyes penales tienen efeclo retroactivo en cuanto favorezcan al reo",Para los expedientes de delito fiscal -fraude que supere los cinco millones de pesetasel problema que se plantea es en base a qué norma deben realizarse o revisarse los informes, si la antigua o la nueva ley de renta, para no vulnerar el principio de irretroactividad. De lo que ie trata es de cómo evaluar las deudas tributarias para determinar si constituyen o no delito, en qué cuantía.

Los servicios técnicos del Ministerio de Hacienda estudian de qué manera los inspectores deben elaborar los expedientes de delito fiscal tras el cambio normativo. Entre las alternativas que se estudian figura la posibilidad de que se aplique tanto la norma antigua como la nueva y, de entre las dos, se elija la que más favorezca al contribuyente. Otro criterio es el de aplicar la antigua norma depurada sólo de los artículos declarados incoristitucionales y dejar que sein los tribunales quienes marquen el procedimiento a seguir.

Sentencias

Unos 30 expedientes de delito fiscal se encuentran a la espera de la solución que se adopte. Tras la sentencia del Constitucional del pasado 20 de febrero y la decisión de Hacienda de no levantar actas de inspección hasta que se aprobara la nueva ley, unos 30 expedientes por delito fiscal en marcha quedaron en suspense.

Sin embargo, desp,aés de la aprobación de la ley de renta, la mayoría de éstos infórmes tampoco se han remitido al Fiscal del Estado, salvo en tres casos en los que por la elevada cuantía del fraude no admitían dudas. Entre estos últimos se encuentra alguno por fraude a través de pólizas de seguro de prima única.

Otro acontecimiento que ha pesado sobre esta ralentización del delito fiscal es que está pendiente una sentencia del Tribunal Supremo sobre la absolución de delito fiscal dictada por la Audiencia de Madrid sobre Lola Flores. En marzo de este aflo la Audiencia absolvió a Lola Flores por el vacío normativo creado tras la sentencia del Constitucional ya que entendió que no podía juzgársela en base a la ley de renta declarada inconstitucional en los artículos que hacían referencia a la acumulación de rentas en la unidad familiar como baremo del impuesto.

Lo que establezca en fechas próximas el Supremo no creará jurisprudencia -se necesitan dos sentencias sobre el mismo asunto- pero sí marcará una pauta moral. Al Tribunal Supremo le corresponde decidir, en el fondo, qué norma debe aplicarse a los procesos por delito fiscal -la antigua o la nueva- cometido en los cinco aflos anteriores a 1988.

También durante la pasada semana en Las Palmas de Gran Canaria se ha celebrado el primer juicio por fraude fiscal desde que se aprobó la nueva ley de renta. El caso está visto para sentencia, pero no se descarta en medios jurídicos que el tribunal canario alargue su pronunciamiento hasta que lo haga el Supremo sobre el expediente de Lola Flores.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_