Los ugetistas quieren introducir en el convenio de construcción el control sindical de los contratos
C. P. La federación ugetista de construcción ha acordado exigir a la patronal del sector introducir en el convenio general el control sindical de los contratos como requisito imprescindible. La central ha fijado en su comité federal las demandas que presentará en la negociación abierta con los empresarios y CC OO.
La central socialista reclama el establecimiento de un salario mínimo garantizado en el sector, cuya cuantía aún no se ha concretado dado el amplio ámbito funcional del convenio general de construcción y los subsectores que abarca. La cifra que manejan los responsables del sindicato es la de un salario en tomo a las 70.000 pesetas mensuales por 14 pagas, lo que significa un millón de pesetas al año.En contratación quieren aplicar las líneas ya definidas en la Propuesta sindical prioritaria (PSP) firmada por UGT y Comisiones Obreras y en concreto exigirán como requisito imprescindible el control sindical de los contratos, denegado por el Gobierno en la fallida mesa de empleo del otoño pasado. Además reclamarán otras condiciones específicas para el sector de construcción, afectado por la eventualidad y que consisten en reducir las modalidades contractuales a los contratos fijo de plantilla y fijo de obra y cuando se aplique otra fórmula una duración no inferior a 190 días. La UGT persigue establecer asimismo una prima de permanencia en el sector que sustituya la antigüedad en la empresa.
Gestión paritaria en formación
La formación profesional es uno de los capítulos del convenio general en el que UGT tiene especial interés y, tomando como base el acuerdo firmado por los sindicatos y los empresarios en 1989, pretende ahora elaborar una norma definitiva que permita la gestión partitaria tanto en la formación que se va a dar, como los ciclos, las escuelas a crear y las vías de financiación.
Para la resolución de conflictos individuales van a proponer a la patronal establecer procedimientos a través de órganos paritarios que resuelvan las cuestiones relacionadas con la clasificación profesional, el señalamiento de vacaciones, las sanciones inferiores al despido, traslados, permisos retribuidos, reclamaciones de cantidades no superiores a las 200.000 pesetas y derechos sindicales.
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