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Tribuna:NUEVOS INSTRUMENTOS DE FINANCIACIÓN DEL TESORO
Tribuna
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El chocolate del loro

Las recientes formaciones sobre nuevos instrumentos de financiación del Tesoro y las vías para su comercialización ,se enmarcarán en el intento de éste de acelerar el proceso de desintermediación financiera, condenado, según los autores, al fracaso ya que se trata de la versión "ingeniero-financiera" del chocolate del loro.

A lo largo de estas últimas semanas se ha venido comentado la próxima aparición de un nuevo instrumento de financiación del Tesoro, las cartillas de ahorro en el Banco de España, así como una nueva vía de comercialización de los antiguos mediante la apertura de cuentas para la suscripción de deuda directamente en el banco emisor.Estos productos, que pueden aparecer en el mercado en la segunda mitad del año, entroncan con la línea innovadora y de diversificación que el Tesoro ha venido desarrollando últimamente. Hasta la fecha, sus objetivos se centraban en instrumentar, de la manera más racional posible, la política de financiación del déficit, adaptándose a la demanda del mercado. Lo que tienen de nuevo los recientes planteamientos parece ser:

1. La búsqueda de nuevas vías de financiación a plazos más cortos, de manera que la demanda existente para estos plazos, y que actualmente se cubre con cesiones temporales de letras y bonos que efectúan las entidades gestoras de deuda, así como con subastas mensuales de letras a tres meses de la cartera del Banco de España, podría atenderse a un coste inferior para el Tesoro.

2. El acceso a los niveles más atomizados del ahorro familiar (recordemos que el saldo de las cartillas de ahorro no podría rebasar el millón de pesetas en ningún momento, lo que determina a priori la clientela a la que se pretende llegar).

3. Ofrecer un producto alternativo a los que actualmente vienen ofertando un conjunto cada vez más numeroso de intermediarios financieros, productos bancarios o parabancarios como las cuentas de activos financieros o los fondos de inversión. El tipo de interés podría ser, en principio, más atractivo al no tener que soportar comisiones de gestión.

4. Eliminar las comisiones para aquellos inversores que deseen comprar deuda del Estado directamente mediante la apertura de una cuenta en el Banco de España. El ahorro de las comisiones sólo se produciría en la práctica si el inversor mantuviera los títulos en su cartera hasta el vencimiento, ya que, de lo contrario, debería liquidarlos a través de una entidad gestora que cargaría las comisiones.

Objeciones

Las objeciones a este cuádruple objetivo podrían sintetizarse de la siguiente forma:

1. En primer lugar, es contradictorio con el objetivo tantas veces manifestado por el Tesoro de alargar la vida media de la deuda. Recordemos que, en la actualidad, de un saldo vivo de deuda pública, a 1 de junio de 1989, de 13,6 billones de pesetas, un 70% corresponde a letras y pagarés del Tesoro, es decir, activos a plazos inferiores a 18 meses, y el 30% restante está materializado en bonos y obligaciones, cuya vida media ya es inferior a tres años (2,47 a finales del primer trimestre de este año). El retraso de más de tres años en implementar esta política no ha hecho sino encarecer el coste de financiación del déficit, habida cuenta que la curva de tipos ha estado invertida prácticamente desde mediados de 1986 hasta mayo de 1988, encontrándose en la actualidad de nuevo invertida.

2. Para la puesta en práctica de este proyecto se nos ocurre que las autoridades podrían utilizar cualquiera de estas tres alternativas: a) la comercialización a través de la red de sucursales del Banco de España (unas 500); b) la utilización de toda la red comercial de la banca pública (Banco de España, Caja Postal y bancos del ICO), y c) la incorporación a este fin de la red de la banca y cajas de ahorros.

Las dos primeras tendrían el inconveniente del reducido número de puntos de venta, que provocaría problemas de gestión y colas impracticables y que, además, no evitaría el repercutir, como mínimo, los costes de administración en que incurrirían las entidades mencionadas, so pena de que se subvencione encubiertamente la comercialización de los títulos públicos y se penalice de rechazo a las entidades que los distribuyen.

Pequeños inversores

Por todo ello y si, tal y como ha manifestado el Tesoro, este nuevo activo está destinado a los pequeños inversores, razón de más para que su difusión sea lo más amplia posible, para lo cual la tercera alternativa sería la más acertada ya que proporciona una extensa red de comercialización (naturalmente, ésta exigiría el cobró de unas comisiones tanto más altas cuanto que se trataría de un producto al por menor, con lo que remitiríamos el problema al punto de partida).

3. Lanzar un producto financiero que compita con los ya existentes pasa por la remuneración a tipos superiores a los que ya existen, si es que se desea que el producto tenga éxito.

Ahora bien, las recientes medidas adoptadas para las cuentas financieras y cesiones de activos (RDL 5/1989 sobre medidas financieras y fiscales urgentes, OM sobre cuentas financieras relativas a Deuda del Estado Anotada y Circular número 13/1989 a entidades de depósito, sobre participaciones y transferencias de crédito, todas ellas de 7 de julio de 1989) suponen un fuerte impacto en estos productos, ya que la aplicación de retención en los rendimientos que generen dañarán la rentabilidad de estas cuentas financieras.

Mencionemos también que la cartilla de ahorro del Tesoro jugaría en desventaja con otros productos afines si la retirada de fondos exige, como parece, un preaviso de 24 horas.

4. Pero, quizá, el tema más discutido se centre en las comisiones que vienen cobrando las entidades gestoras a sus clientes. En nuestra opinión, el Tesoro debería dar publicidad de las distintas comisiones que las gestoras aplican, y el mercado, encargarse de eliminar a los menos competitivos (léase comisiones más elevadas para igual calidad de servicio). Aunque las comisiones abusivas dañan al mercado, su erradicación debe lograrse mediante información pública a los inversores que contribuya a una mayor transparencia y competencia y, en definitiva, al establecimiento de comisiones ajustadas: es el inversor quien tiene que decidir a qué entidad dirigirse.

No hay que olvidar que la comisión constituye el pago de un servicio que comprende no sólo la administración y gestión de la operación sino también la posibilidad de tener una sucursal próxima al domicilio familiar o laboral y, por supuesto, la de contar con un mercado secundario ágil y desarrollado. La prestación de estos servicios de manera eficiente no hubiera sido posible sin el desarrollo de un sistema de entidades gestoras de deuda pública, por lo que el intento del Tesoro de acelerar a su manera el omnipresente proceso de desintermediación financiera parece condenado de antemano al fracaso y no puede dejar de contemplarse como la versión ingeniero-financiera del chocolate del loro.

Elena Gil García y Juan Ignacio Crespo pertenecen a la Corporación Financiera de Caja Madrid.

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