Un juez de Lérida atiende seis juzgados por vacaciones o cese de sus titulares
La Associació Catalana de Juristes Democràtes de Lleida ha remitido un escrito al Consejo General del Poder Judicial y al ministro de Justicia, Enrique Múgica, en el que denuncia la situación creada este mes de julio en el partido judicial de Lérida, que obliga a un juez a llevar los asuntos de seis juzgados a la vez por hallarse sus titulares de vacaciones o no haberse cubierto las vacantes existentes.
Esta situación no favorece, en opinión de los denunciantes, la efectividad de la tutela judicial, perjudica el ejercicio de los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y conculca la Constitución.El problema denunciado por este colectivo afecta al titular del Juzgado de Instrucción número 1, Alfonso Ballestín, que se ha tenido que hacer cargo de los tres juzgados de instrucción de Lérida, del de Menores y de los de Tremp y Viella. Esta situación se ha producido al comenzar sus vacaciones el pasado día uno el titular del juzgado número 3; al cesar el pasado mes de junio su homólogo del número 2 por haber obtenido plaza en Zaragoza y el magistrado de la Audiencia de Lérida y Juez de Menores, que se ha incorporado a la Audiencia de Logroño. A estos juzgados se añaden los de Tremp y Viella, cuyas vacantes no han sido cubiertas.
El colectivo fundamenta la denuncia en la exposición de motivos de la ley orgánica del Poder Judicial de 1985 y en el artículo 24 de la Constitución, que se refieren al derecho que tiene toda persona a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos.
El pasado día 4, el juez Ballestín tuvo que desplazarse a la localidad de Tremp, a unos 100 kilómetros de Lérida para atender asuntos penales, con lo que durante todas las horas de oficina, la ciudad de Lérida y su partido judicial -160.000 habitantes- estuvo sin juez de primera instancia. Miembros de la asociación constataron que ese día no se practicó ninguna diligencia de tipo pena¡ con detenido en los juzgados de Lérida. Incluso se asegura que el juez puso en libertad a un detenido por teléfono, en un asunto de escasa gravedad. Los juristas entienden que la situación puede derivar, si se prolonga, en un hecho de suma gravedad por lo que significaría de conculcación de los derechos de los detenidos al ver prolongada su detención más tiempo del necesario para practicar las diligencias.
Juez "ubicuo"
Los autores del documento se preguntan si los jueces "tienen ya el don de la ubicuidad" después de la nueva Ley Organica del Poder Judicial de 1 de julio de 1985 y si, a raíz de la actual situación, "podrán declararse nulas" la mayoría de las actuaciones en procedimientos civiles, practicadas en dichos juzgados durante el presente mes de julio y en las que figure el encabezamiento "ante Su Señoría y yo el secretario que doy fe...".
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