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El Defensor del Pueblo pide que se cambie la ley para que no se encarcele a los desertores

Miguel González

El defensor del pueblo, José María Gil-Robles, ha solicitado a las Cortes Generales una reforma legal para que los condenados por deserción no sean recluidos en centros penitenciarios. Esta demanda consta en el informe de dicha institución del año 1988, que será debatido esta semana por los plenos del Congreso y del Senado. El Código Penal Militar castiga con tres meses a dos años de cárcel en tiempo de paz y con dos a ocho años en tiempo de guerra a los reos de deserción.

"Sería muy conveniente", afirma Gil-Robles, "la sustición de estas penas por otras medidas alternativas a la prisión, en su caso, o incluso por sanciones meramente disciplinarias". Esta última sugerencia equivale a despenalizar la deserción e incluirla como falta en el régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas.El Defensor del Pueblo argumenta, en apoyo a su demanda, que "algunos jóvenes se enfrentan al mundo penitenciario militar, por haber cometido una deserción simple, sin tener antecedentes penales ni tendencia futura a actividad delictiva, con la gravedad que esta circunstancia supone para su futura actividad profesional, familiar y social".

Otra petición de Gil-Robles, dirigida en este caso al Ministerio de Defensa, consiste en que se efectúen exámenes psicológicos periódicos a los jóvenes que realizan el servicio militar, para evitar los frecuentes suicidios que se producen durante el mismo el Gobierno aprobó el pasado 9 de junio la creación del Tribunal Psiquiátrico Militar concarácter permante.

Primeras visitas

En 1988, el Defensor del Pueblo inició, por vez primera, una serie de visitas a prisiones militares, que han dado ya como resultado el anuncio, por parte del departamento de Defensa, del cierre de dos de ellas: la de Illetas (Mallorca) y La Carrara (Cádiz). En su informe, Gil-Robles denuncia que algunos de los internos en estos centros, especialmente los "soldados sin recursos", carecen de abogados defensores, lo que vulnera el artículo 24 de la Constitución.El hecho de que la mayor parte de los presos militares sean preventivos carece de justificación para el Defensor del Pueblo, ya que en la jurisdicción castrense no se produce la acumulación de trabajo de la ordinaria. Menos justificable aún resulta el que determinados reclusos continúen en situación de prisión preventiva tras cumplir incluso el tiempo que les correspondería de ser condenados por el delito de que se les acusa.

Especialmente crítico es el informe hacia la discriminación en los presidios militares entre oficiales y suboficiales, de una parte, y soldados, de otra. Mientras los dos primeros grupos pueden recibir visitas cualquier día de la semana, los últimos sólo cuentan con dos días hábiles para ello y, a diferencia de aquéllos, no está previsto que mantengan relaciones íntimas con sus allegados. El informe señala: "La necesaria separación entre los internos de la clase de tropa y marinería, por un lado, y los jefes, oficiales y suboficiales, por otro, no ha de implicar discriminación en el tratamiento disciplinario y en los derechos y beneficios que se derivan de ese régimen".

Tal como ya hizo en 1984, la institución que dirige Gil-Robles insta al Ministerio de Defensa a reformar el reglamento penientenciario castrense para que los presos militares tengan los mismos beneficios que los sujetos a la jurisdicción ordinaria. El informe cita, en concreto, la necesidad de regular los permisos de salida, para que su concesión no sea "una facultad absolutamente discrecional de la autoridad penitenciaria militar".

Defensa ha contestado al Defensor del Pueblo que está elaborando un nuevo reglamento, pero no ha dado fecha para su aprobación.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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