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El juez de Los Naranjos agrava las penas de los condenados

El presidente de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla, Agustín del Río, dictó ayer un auto aclaratorio a su sentencia sobre el juicio de Los Naranjos. El auto indica que, "por omisión involuntaria", conviene rectificar el fallo y condenar a los cuatro fundadores a un año de prisión y seis de inhabilitación "como autores de cinco delitos de aborto". La pena se entiende para cada aborto probado en el juicio, es decir, cinco años de prisión y 30 de inhabilitación. Pilar Troncoso, una de las ahogadas de la defensa, afirmó que los abogados consideran que el auto es "una modificación de lo fallado y vulnera la legalidad".

Del Río se atiene al derecho que tienen los magistrados para .aclarar cualquier punto oscuro" de sus fallos. El pasado lunes se condenaba a José Ángel Lozoya Gómez, Rosa María Montoya Molina, José García Corral y Elena Martínez Haro a una año de prisión menor y seis años y un día de inhabilitación.En el caso de la condena a prisión ninguno de los afectados tendría que ingresar en la cárcel, ya que se les aplicaría la remisión de la pena por cada uno de los delitos, al no poseer antecedentes penales, según Pilar Troncoso.

La inhabilitación será efectiva durante 18 años al tener que cumplirse el triple de la mayor pena sentenciada, en este caso seis años. Troncoso aseguró que los cinco condenados elevarán recurso de casación ante el Tribunal Supremo, solicitando su libre absolución.

A tres de los ocho procesados en el caso, María del Carmen Eloísa Galindo, María del Mar Garcerán Gómez y Magdalena López Pérez, a los que se acusaba de cooperación en la realización de abortos, se les absolvió de los cargos. A Manuel Vergara, el único médico, se le condena a cuatro meses de arresto por encubrimiento del delito de aborto.

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