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Satisfacción en los sindicatos médicos por el fallo favorable a las incompatibilidades

Andrés Salcedo, secretario técnico de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos, mostró ayer su satisfacción por la sentencia de la sala segunda del Tribunal Constitucional que desestima el recurso de amparo presentado por 122 médicos a los que se les aplicó la ley de incompatibilidades, ya que reconoce, implicitamente, "que la postura de la CESM al recomendar a sus afiliados que declararan voluntariamente sus puestos de trabajo era correcta".La sala segunda del Tribunal Constitucional, que se pronuncia por primera vez con respecto a la ley de incompatibilidades, recoge en los fundamentos jurídicos de la sentencia que "el artículo 14 de la Constitución reconoce el derecho a no sufrir discriminaciones, pero no el hipotético derecho a imponer o exigir diferencias de trato". La ley de incompatibilidades limitaba a dos los puestos de trabajo que se pueden desempeñar los médicos en el sector público. Al amparo de esta ley se abrieron 20.000 expedientes a otros tantos facultativos, de los que sólo unos 8.000 eran incompatibles en la sanidad pública.

Intoxicación

En España hay unos 120.000 médicos colegiados y, a pesar de que el porcentaje de facultativos afectados por la ley es muy pequeño, la aplicación de la ley de incompatibiliades fué especialmente polémica en ese colectivo. La Organización Médica Colegial, presidida entonces por Ramiro Rivera, pidió a sus colegiado; que no presentasen la declaración de los puestos de trabajo ni, en consecuencia, que optasen voluntariamente por el puesto de trabajo que querían conservar.

La Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública valora también positivamente esta nueva sentencia, ya que "descalifica a los profesional es que aún hacen intoxicación con este tema". Hasta ahora, según fuentes del ministerio de Administraciones Públicas todas las sentencias han sido favorables a la Iey. Alianza Popular presentó un recurso de inconstitucionalidad que aún no se ha resuelto.

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