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TRIBUNALES

La vocal del Poder Judicial envía a la disciplinaria la sentencia de la minifalda

La vocal del Consejo General del Poder Judicial, Cristina Alberdi -única mujer en el órgano de gobierno de la justicia-, remitió ayer a la comisión disciplinaria, "a los efectos procedentes", la sentencia de la Audiencia Provincial de Lérida en la que se trataba de explicar la agresión sexual de un superior ahora a su subordinada por la supuesta provocación de ésta, consistente en vestir minifalda. Asimismo, el portavoz del Consejo, José Luis Calvo, manifestó que comparte plenamente las críticas y el rechazo expresado a la resolución judicial. Por su parte, el fiscal del caso ha anunciado que no recunirá la sentencia.

A requerimiento de este periódico, Calvo declaró ayer que las polémicas explicaciones constituyen "unas valoraciones judiciales que forman parte del razonamiento de una sentencia" y matizó que "valoraciones de ese tenor, afortunadamente infrecuentes, han de tener en el ámbito público el lugar más propio para su crítica". El portavoz del Consejo agregó que la crítica a esas valoraciones es "indispensable en una sociedad democrática, que está formulando hoy un expreso rechazo, que comparto plenamente", remachó. El propio Calvo informó que la vocal Cristina Alberdi "ha remitido la sentencia a la comisión disciplinaria del Consejo, a los efectos procedentes".Por otra parte, una comisión de la Secretaría de la Mujer de Comisiones Obreras (CC OO) solicitó ayer al fiscal jefe de la Audiencia de Lérida, Rafael Valero, que presente un recurso contra la sentencia. Las sindicalistas de CC OO entienden que la fiscalía realizó "una incorrecta calificación de los hechos" al acusar al empresario Jaume Lluís Fontanet en base a los artículos 434 y 436 del Código Penal.

Las mujeres del sindicato entienden que el fiscal debió acusar al procesado en base a los artículos 429 y 430, donde se establecen penas de prisión superiores cuando el abuso deshonesto haya sido cometido con fuerza o intimidación. Valero admitió defectos de forma en la redacción del fallo, cuyo ponente fue el juez Rodrigo Pita, aunque comunicó a la comisión que no tiene motivos para recurrir al ajustarse la condena a la calificación fiscal.

En el escrito entregado al fiscal se indica que en el contenido de la sentencia y de la pena impuesta al empresario "se evidencia la aplicación tácita, tanto por parte de la fiscalía como de la sala, de una atenuante consistente en la forma de vestir de la ofendida, con lo que ésta de víctima pasa a ser elemento provocador y causante del delito".

El condenado recurrirá

El abogado del empresario ha anunciado, por su parte, que presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por infracción de ley y por entender que su cliente ha sido condenado sin que hayan sido probados los hechos denunciados.

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