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Hacienda disputa a Economía la regulación de los fondos de pensiones

Las secretarías de Estado de Economía y Hacienda han expresado sus diferencias respecto a quién le corresponde regular la situación de las empresas que decidan transformar sus actuales dotaciones para prestaciones complementarias en planes y fondos de pensiones, según los requisitos de la ley que los regula. Las empresas que decidan tranformar sus fondos internos en externos podrán deducir fiscalmente las aportaciones realizadas entre los años 1987, 1988 y 1989.En una carta de José Borrell a Pédro Pérez, secretario de Estado de Economía, el titular de Hacienda reclama para su secretaría la regulación sobre este tema. Argumenta que se trata del desarrollo de una disposición introducida -a última hora- en la ley de Haciendas Locales, en la que se fijaba el plazo de dos años a partir de la entrada en vigor del reglamento de la ley de Planes y Fondos de Pensiones, es decir en noviembre de 1990, para llevar a cabo la transformación.

La regulación de estos plazos se plasmó en un proyecto de orden ministerial elaborada por la Dirección General de Seguros, adscrita al área de Economía y que fue enviada a Hacienda para recibir observaciones. En este proyecto se daba a las empresas el plazo de tres meses para comunicar su decisión de acogerse o no a la ley de Planes y Fondos de Pensiones.

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