Jueces para la Democracia cree "siempre degradante" la inspeccion de ano y vagina
El secretariado de Jueces para la Democracia aprobó ayer por unanimidad un documento sobre la instrucción del fiscal general del Estado, Javier Moscoso, en torno a los reconocimientos anales y vaginales para la detección de droga. La asociación judicial progresista declara que tales inspecciones corporales son "siempre tratos degradantes" y "atentatorios contra la dignidad de la persona", por lo que las pruebas obtenidas por este medio son ilegítimas, no deben surtir efecto de prueba y corresponde a los fiscales y a los jueces perseguirlas como posible delito.
La dirección de Jueces para la Democracia debatió durante el fin de semana la instrucción de Moscoso y el aval dado a la misma, el pasado miércoles por la mayoría de la Junta de Fiscales (le Sala (veáse EL PAÍS del 26 de enero). Ante el criterio compartido por la cúpula fiscal favorable a los reconocimientos corporales autorizados por los jueces, el colectivo judicial progresista manifiesta su sorpresa" porque la preocupación del fiscal general del Estado no tenga en cuenta que tales inspecciones de la vagina, y el ano "constituyen ya una práctica policial al margen del control judicial y, a lo que parece", añade, "también al margen de la fiscalía".Jueces para la Democracia advierte que la jurisprudencia utilizada por el fiscal especial antidroga, José Aparicio Calvo-Rubio, y asumida por Moscoso para considerar "constitucionalmente inobjetables" los reconocimientos corporales, "toman como punto de referencia una doctrina del Tribunal Europeo y del Tribunal Constitucional sobre el carácter degradante de determinadas penas". Para esta asociación judicial no pueden estimarse ¡aplicables las consideraciones sobre una pena derivada de tina condena por sentencia firme con las medidas para investigar un posible delito, ya que el "carácter humillante" de las mismas las convertiría en instrumento "inmediatamente penalizador", dice. Los jueces progresistas califican de "lógica perversa" estimar que "lo que es bueno para la pena no tiene por qué no serlo también para el proceso".
La 'dignidad de la persona'
Ante lo que denomina "grave retroceso en la calidad civil de nuestros instrumentos procesales", la asociación pregunta por los "parámetros de dignidad de la persona que la fiscalía general del Estado tiene en consideración". Recuerda que el artículo 10.1 de la Constitución hace derivar "el fundamento del orden político y de la paz social" de valores como "la dignidad de la persona" y "los derechos inviolables que le son inherentes" y reprocha a Moscoso su "interpretación empobrecedora de aquel principio constitucional básico".En concreto, lamenta que el Ministerio Público haya reducido la vagina y el ano "a la condición de puros objetos, ajenos a cualquier idea de privacidad estrictamente individual e infiscalizable y preventivamente", dice, "transitables por la policía". Jueces para la Democracia argumenta que, por otra parte, "semejante ampliación del orden represivo nutrirá la estadística de las aprehensiones menudas, pero contagiará a los operadores policiales y judiciales, al propio orden jurídico, una buena parte del contenido envilecedor", afirma, "de los nuevos instrumentos y contribuirá a situar la ya bastante malparada dignidad de la persona definitivamente fuera del alcance de toda invocación razonable".
La primera conclusión del estudio realizado por el secretariado de Jueces para la Democracia es que las inspecciones corporales "son siempre, como tratos degradantes, directamente lesivas para los derechos fundamentales a la integridad fisica y moral y a la intimidad de los individuos" y, en consecuencia, "gravemente atentatorias contra la dignidad de la persona". La segunda conclusión se deriva de la primera: "Lejos de recomendarse su empleo como medios lícitos de investigación, deberán ser tenidas como fuentes ¡legítimas de prueba a los efectos del artículo 11. 1 de la ley orgánica del Poder Judicial". Este precepto establece que "no surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales".
Por último, teniendo en cuenta que los reconocimientos vaginales y anales pueden ser además "constitutivos de delito, corresponde al Ministerio Fiscal instar su persecución y a los jueces", dicen los magistrados progresistas, "emprenderla con el máximo celo".
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.