Economía ultima el proyecto de ley sobre defensa de la competencia
La venta por sistema de productos a precio de coste se considerará competencia desleal cuando se haga como estrategia para eliminar a un competidor o ponga en peligro la existencia de la competencia en el mercado, según el anteproyecto de ley de competencia desleal que ultima el Ministerio de Economía y Hacienda en estos momentos y que trata de fijar las normas de comportamiento de las sociedades en el mercado.
La fijación de los precios para los productos es libre, salvo que una ley indique lo contrario; pero cuando se apruebe esta nueva ley se considerará competencia desleal las ventas a pérdida, es decir, a precio de coste, si con esta práctica puede inducirse a error a los consumidores respecto al nivel de precios de otros productos o servicios del mismo establecimiento.
También será competencia desleal esa venta cuando tenga por objeto denigrar la imagen de un producto o de un sistema de distribución determinado. Con esta ley el Gobierno pretende asegurar y proteger la competencia de quienes participan en el mercado frente a los actos de competencia desleal. Según el anteproyecto de ley, que consta de 28 artículos, una disposición derogatoria y otra final, se considerará competencia desleal "todo comportamiento que ponga en peligro, de manera significativa, la libertad de decisión del consumidor o el funcionamiento concurrencial del mercado".
Signos iguales
Entre los actos de competencia desleal, el anteproyecto de ley incluye el uso de signos iguales o similares a los que otra persona emplee de forma legítima y la difusión de indicaciones incorrectas o falsas que puedan inducir a error.
Los regalos con fines publicitarios se estimarán desleales cuando su entrega determine que el consumidor pueda sentirse obligado a contratar la prestación del servicio.
También será desleal difundir manifestaciones sobre la actividad de una tercera persona con el fin de menoscabar su crédito en el mercado.
No se considera correcto en este texto legal hacer manifestaciones sobre el credo, nacionalidad o vida privada de esa tercera persona ni sobre sus circunstancias estrictamente personales.
Asimismo, el anteproyecto de ley incluye entre las conductas desleales "la imitación sistemática de las iniciativas empresariales de un competidor cuando dicha estrategia se halle encaminada a impedir u obstaculizar su afirmación en el mercado".
La divulgación de secretos industriales sin permiso, conseguirlos por medio del espionaje y la violación de secretos son otras conductas que la futura ley estima desleales.
Cuando se produzca un acto de competencia desleal, el afectado podrá pedir a los tribunales que ordene el cese del mismo, se rectifiquen las informaciones engañosas o se repare el daño ocasionado.
Estas peticiones podrán hacerlas, además de la persona que se sienta perjudicada por la competencia desleal, las asociaciones o grupos profesionales que por sus estatutos tengan encomendada la defensa de sus socios, las de consumidores y la Administración del Estado o las autonómicas, salvo cuando se pida el resarcimiento de los daños, que deberá hacerlo el perjudicado. Para ejercitar estas acciones habrá un plazo de un año desde que se tenga conocimiento del acto de competencia desleal.
El juez podrá adoptar las medidas cautelares que estime oportunas sin oír antes a los denunciados, y si el peligro que cause la competencia desleal es muy grave deberá acordarlas en las 24 horas siguientes.
El anteproyecto contempla como competencia desleal los actos de confusión, engaño o denigración, regalos y primas con los fines señalados, actos de comparación o imitación, explotación de la reputación ajena, violación de secretos, inducción a la ruptura de contratos, violación de normas, discriminación, boicoteo y ventas a pérdida.
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